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Alaya, la Policía, Zoido, Torrijos y Mercasevilla

La polémica Juez pretendió que la Policía elaborase informes en base a rumores para, posiblemente, imputar a la izquierda municipal sevillana.

¿Por qué la jueza echó a la Policía Nacional del caso Mercasevilla? Uno de los muchos misterios que rodean la larga, infructuosa e inquisitorial instrucción del Caso Mercasevilla – cerrado, archivado y con sus diez procesados absueltos – es el que se oculta tras una decisión trascendental tomada en los momentos iniciales de la instrucción de la causa por la Jueza Mercedes Alaya. La pregunta del interrogante a despejar es muy simple: ¿Por qué la señora instructora decide prescindir, en un momento dado, de los servicios de auxilio de la Policía Nacional en la instrucción y opta por la Guardia Civil?  Hallar la posible respuesta no parece tarea fácil.

Han sido diversas las fuentes consultadas, todas directamente relacionadas con el caso y con las diversas labores desarrolladas en el proceso, que coinciden en señalar que “fue una decisión personal de la magistrada Alaya, de hoy para mañana, bastante inexplicada e inexplicable”.

Siempre según las diversas fuentes a las que he tenido acceso, para entender lo sucedido habría que remontarse a meses atrás (en la página 180 de la sentencia de 393 folios se explica el origen de la investigación…), justo cuando arrancó por diversos canales la denuncia de que algo olía mal en el mercado central de abastos de Sevilla. Recuérdese que en primer lugar fue Manuel Chaves quien, como presidente de la Junta receptor de unas grabaciones de los empresarios de La Raza a los que chantajeaban en nombre del PSOE, decidió enviarlas a María José Segarra, Fiscal Jefa de Sevilla. La Sra. Segarra, al cabo de un tiempo, acabó entregando el CD al Jefe de la Policía Judicial de Sevilla, en presencia del responsable de la unidad adscrita a los juzgados, la persona que trabajaría después codo con codo a las órdenes de la juez en aquella en investigación sobre la lonja. Y finalmente es Juan Ignacio Zoido y Antonio Sanz – hoy ministro del Interior y delegado del gobierno respectivamente- quienes en nombre del PP formalizan denuncia ante el juzgado de Guardia, recayendo el asunto en el juzgado Nº 6 de la que era titular una amiga y ex compañera de Zoido en la Carrera Judicial.

Concluyamos pues con una primera mentira mil veces repetida: el PP no es el que primero denuncia lo que desembocaría en el escándalo del Caso Eres. ¿Lo impulsa?, sí y mucho gracias a la acción de Mercedes Alaya.

 

Uno de los funcionarios intervinientes en aquellas primeras pesquisas reconoce que, tras el estallido del escándalo, tuvieron que seleccionar muy bien las fuentes de las que beber.

 

 

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Mercedes Alaya en una imagen reciente. Foto G. Joly

 

Confidencias con Mercedes

 

Nada más comenzar los trabajos de investigación que tutelaba la propia jueza, entre Alaya y el responsable de la Unidad de Policía Adscrita, se establece una relación de máxima confianza.  En el marco de esta relación basada en cierta complicidad profesional, habitual entre jueces, fiscales y funcionarios, el Inspector de policía y la Jueza Instructora mantenían despachos habituales, donde ésta era informada puntualmente de todas aquellas “noticias” o manifestaciones más o menos espontáneas que llegaban a oídos de los investigadores y que debían ser objeto de una posterior verificación y, en su caso, de exhaustivo análisis que permitiesen a la postre medidas extremas de carácter procesal.

Uno de los funcionarios intervinientes en aquellas primeras pesquisas reconoce que, tras el estallido del escándalo, tuvieron que seleccionar muy bien las fuentes de las que beber. Poco tiempo después comprobarían que no se habían equivocado a la hora de separar el grano de la paja en los soplidos; demasiados voluntarios o de motu propio, vendettas de “roncos” que aparecían como las setas ante el juzgado y la policia, al calor del ruido político y mediático.

“Como se podrán imaginar – afirman– contaban cosas increíbles de unos y otros, especialmente de la cúpula política del Ayuntamiento de Sevilla”.

Fue probablemente en el transcurso de estas reuniones de trabajo entre Jueza Instructora e Inspector Investigador cuando llega por vez primera a los oídos de la Sra. Alaya, una serie de informaciones («chismes, dimes y diretes, simples indicios») que, si fueran puestos negro sobre blanco por quien se lo contaba de palabra, pensó, le daban la excusa perfecta que justificaría (a modo indiciario) una contundente actuación contra los afectados. Pero eran comentarios de barra de café que nunca fueron trasladados por la Policía a papel con membrete oficial en un informe o un atestado.

 

La foto de Torrijos y los gestores de Mercasevilla ante una enorme bandeja de marisco en Bruselas, en un acto de promoción institucional y no pagada con dinero público, se convirtió en un demoledor icono mediático y político del caso.

 

Esta podría haber sido una de esas “incidencias” ( ver página 208 de la sentencia)  y, que a la postre degeneró  en ruptura entre una aclamada y endiosada Alaya y el CNP, en concreto con el jefe de la Unidad Adscrita.

De las múltiples informaciones que llegaron en esos días los investigadores de la UATF, (Unidad de Policía Judicial de la Policía Nacional adscrita a Juzgados y Tribunales) siempre de modo informal y sin soporte documental o testifical alguno, había algunas que apuntaban al núcleo duro del equipo político de Alfredo Sánchez Monteseirín, a la sazón alcalde socialista de Sevilla. Por ejemplo, una de estas “confidencias” llegaba a sugerir que alguien de ese grupo estaría cobrando comisiones a través de «un paraíso fiscal».

Mientras esto sucedía, el hoy ministro del Interior Juan Ignacio Zoido, ocupaba la presidencia regional del PP andaluz puesto por el dedo de su entonces muy amigo Javier Arenas y calentaba por la banda con la intención de convertirse en el futuro alcalde de Sevilla, algo que lograría meses después y por aplastante mayoría. Entre otras cosas con la ayuda de los demoledores efectos electorales del escándalo Mercasevilla, que había estallado en el seno del bipartito PSOE-IU y que supondría un desgaste brutal para ambas formaciones. La foto de Torrijos y los gestores de Mercasevilla ante una enorme bandeja de marisco en Bruselas, en un acto de promoción institucional dentro de la feria internacional del marisco, se convirtió en un demoledor icono mediático y político del caso. El dirigente comunista sevillano se vio obligado a dimitir poco después de resultar finalmente imputado por la Sra Alaya.

 

 

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La foto de la mariscada en Bruselas ( no pagada con dinero publico), demoledor icono empleado hasta la saciedad para quitar a Rodrigo Torrijos de la vida publica, cosa que finalmente se logró.

 

 

Torrijos, Marchena, Monteseirín: ¿Me lo pondrás por escrito no?

 

Entre las “confidencias” que los investigadores pusieron en conocimiento de la jueza instructora, destacaban algunas «cosillas» que podrían afectar especialmente a la entonces mano derecha de Monteseirín al frente de las empresas municipales, el polémico gestor y catedrático Manuel Marchena. Es en este punto cuando se acentúa el ímpetu investigador de la popular jueza e insta a los investigadores a “incidir de manera inmediata” en esas informaciones. Pero fue escuchar después el nombre de Antonio Rodrigo Torrijos, líder municipal de IU, añadido al rosario de maledicencias a contrastar, cuando Mercedes Alaya tuvo que entrar en éxtasis total. ¡Bingo!, si la policía ponía en un informe lo que acababan de comentarle informalmente, ella tenía el pretexto perfecto para actuar y dictar un auto de imputación contra el político de la pipa y con barba blanca.

 

Tras echar al CNP de la instrucción de Mercasevilla circuló el rumor, nunca confirmado fehacientemente, de la existencia de grabaciones de conversaciones mantenidas con Alaya y los abogados del PP.

 

-¿Esto me lo pondrás por escrito no? preguntó Alaya retadora al policía, cuentan fuentes conocedoras de aquella situación, a lo que el Inspector  le dijo que no, que el trabajo de la Policía no consistía en elevar informes o atestados con chimes sin estar contrastados convenientemente. El clima se hizo más tenso todavía,  incluso desagradable para ambos y el encuentro acabó en desencuentro fatal. A los pocos días se materializó la ruptura tras ímprobos esfuerzos por parte de Alaya de evitar una escandalera pública, cosa que lograría a medias. Fue cuando de forma reiterada le sugirió al responsable de la Unidad una salida discreta que “abandonase de modo voluntario las investigaciones o bien, se tomase la baja por depresión durante un tiempo”. Obviamente el Inspector se negó a ambas peticiones si bien, fue apartado de las investigaciones sin que nadie, a ningún nivel, se preguntase por los verdaderos motivos. Tan solo el SUP, a media voz, salió al paso sin entrar en el fondo, solo velando por la imagen y el prestigio del cuerpo y pidiendo una reconsideracion «a fin de evitar el daño irreparable que esta decisión puede producir en el prestigio de la Policía y evitar que la ciudadanía pueda pensar que haya un trasfondo político». De nada sirvieron, Alaya tomaría una larga baja médica de meses, tiempo más que suficiente que le sirvió a la Guardia Civil para ponerse al día en la instrucción del sumario.

Tras echar al CNP de la instrucción de Mercasevilla circuló el rumor, nunca confirmado fehacientemente, de la existencia de grabaciones de conversaciones mantenidas con Alaya y los abogados del PP – “los verdaderos instructores del juzgado Nº 6”, se afirma con intención– con la policía judicial. En ellas quedaría patente, según se ha comentado y nunca confirmado, el inusitado interés de Alaya por incriminar (aunque fuese, como ya se ha dicho, con simples “confidencias” sin soporte documental ni testifical alguno) a Manuel Marchena, pero sobre todo a Antonio Rodrigo Torrijos, su verdadera obsesión en aquellas semanas, cuentan quienes conocieron las circunstancias.

“Alaya, por todos los medios y con unas elecciones municipales a la vuelta de la esquina que ganaría Zoido sin ponerse la camiseta, pretendía en aquel momento que la Policía le diese argumentos (más o menos fundados) por escrito, y así poder proceder a imputar a miembros del bipartito en el caso Mercasevilla”.

 

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Las juezas Alaya y Bolaños. La sentencia final la ha firmado una gran desconocida: Yolanda Sánchez Gucema, titular del Juzgado Nº 13, quien también ha dejado en evidencia la instrucción de Alaya en este caso.

 

 

La larga mano del sector inmobiliario

 

Poco tiempo después serían famosos los Autos de la magistrada emitidos tan cerca de las citas electorales y con cargas de profundidad política contra el PSOE andaluz en sus extensos párrafos. Aún faltaba tiempo para que la Sra Jueza apartase del sumario de los Eres lo sucedido en la Faja Pirítica de Huelva, donde como se está viendo ahora con la Juez Bolaños pueden existir responsabilidades de cargos del gobierno del PP de Aznar (Zoido entre ellos) y con los mismos argumentos que los aplicados al resto de investigados socialistas en los Eres.  De igual modo, con motivo de la Operación Madeja, nadie investigó la construcción de un parque infantil en el cuartel de la GC en Montequinto, asunto en el que tuvo una participación directa sin un papel de por medio en entonces concejal de Zoido y  hoy Director General de Tráfico Gregorio Serrano.

Quienes han trabajado con o cerca de la polémica juez, convertida en auténtica heroína desde la derecha y sus medios, aplaudida y jaleada por el pueblo harto de corrupción, coinciden con quienes desde lejos la han acusado de permitir y dirigir un procedimiento claramente politizado con fines no siempre encaminado a la búsqueda de la verdad judicial. Esta terrible conclusión, desde el punto de vista democrático en un Estado de Derecho, ha dejado con el paso del tiempo de pertenecer al debate político y callejero para instalarse en una sentencia judicial que avala sobradamente las sospechas de un posible juego sucio tras esta instrucción judicial en concreto.

 

Con el voto de IU gobernaba el PSOE. El tándem Torrijos-Monteseirín se convirtió de una especie de diana contra la que a diario una oposición que abrazaba farolas y prometía la Arcadia feliz, le asestaba duros golpes.

 

Coinciden las fuentes consultadas en ese ámbito judicial con la misma tesis que Antonio Rodrigo Torrijos, tras su absolución, ha defendido públicamente para explicar su versión sobre los motivos que él considera explican la persecución judicial  padecida . Pero quizás valga la pena contextualizar al personaje de Torrijos en la Sevilla de hace una década.

Con el voto de IU gobernaba coligado el PSOE. Zoido se pateaba los barrios por primera y en muchos casos por última vez. El tándem Torrijos-Monteseirín se convirtió en una especie de diana contra la que a diario una oposición que abrazaba las farolas y prometía la Arcadia feliz a los sevillanos, le asestaba duros golpes, algunos con y muchos sin motivo. Hubo medios entregados al acoso, que luego fueron generosamente recompensados con contratos municipales. Todo ello con el aplauso de una ciudadanía harta de vivir en lo más parecido a Beirut, con tantas calles y avenidas levantadas durante años, sin percatarse la gente de la necesaria cirugía digestiva que le estaban haciendo a Sevilla. Sobre la mesa del urbanismo local, además, había varios asuntos muy apetitosos. Por un lado, el traslado a Majarabique, norte de la ciudad, del gran Mercasevilla del Siglo XXI, liberando miles de metros en su actual ubicación susceptibles de ser convertidos en recursos municipales y desarrollo inmobiliario de los tiburones del sector junto a viviendas sociales.

Los grandes promotores, especialmente Nicolás Osuna y otros de su nivel, se habían encontrado de pronto con la propiedad de impresionantes bolsas de suelo donde construir promociones de viviendas sus inmobiliarias. El gobierno de izquierdas y su política a favor de propiciar VPO se convirtieron en una competencia que amenazaba ruina empresarial, en momentos que la crisis enseñaba las garras. Y además estaban las operaciones de calado como la de Cruz Campo/Heineken, Punta del Verde o la vieja y recurrente Tablada, operación por cierto donde se concentraron los poderes fácticos y económicos de la época, gobernando el alcalde Rojas Marcos apoyado por Becerril y el PP. Soledad saldría huyendo para Madrid de aquel viscoso escenario que la rodeaba en Sevilla.

 

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El dirigente comunista Antonio Rodrigo Torrijos, en el banquillo de los acusados, durante la vista oral del caso Mercasevilla, finalmente absuelto y al que podría haberse procesado sin fundamento. Foto El País.

 

Torrijos: había que evitar que IU y PSOE siguieran gobernando

 

 

Por tanto, a la pregunta ¿por qué tanto interés en debilitar a la izquierda en Sevilla? no solo se contesta con el logro de una linda borriquita blanca para un triunfante Zoido/Alcalde entrando en Plaza Nueva. Un cambio de color en el gobierno municipal supondría dar luz verde a esas operaciones urbanísticas de envergadura y atemperar que la explosión de la burbuja inmobiliaria en lontananza no produjera demasiadas pérdidas entre los grandes amigos del sector, algunos buenos conocedores de Luis Bárcenas.

El propio Rodrigo Torrijos lo ha escrito al recuperar su libertad, tras estar sometido durante casi una década a un surrealista proceso judicial, político y mediático:

 

Había que evitar a toda costa que IU continuase en el gobierno local de coalición con el PSOE. Miles de viviendas VPO, presupuestos participativos, inversión pública desconocida hasta entonces para equipamientos sociales y de empleo, estrategia de movilidad sostenible e intermodalidad en el transporte con las peatonalizaciones y la red de 140 km de carriles bici, cláusulas sociales en la contratación pública, programas de alfabetización e igualdad, campos de césped, piscinas públicas….unido a evitar pelotazos como el de Tablada, o la construcción del Centro de producción energética de ciclo combinado de Punta del Verde o la deslocalización de Heineken …es decir, la mayor transferencia de rentas de capital a rentas sociales que se había conocido en democracia en el ámbito local, políticas que distribuyeron más equitativamente las rentas locales….era inaceptable para la oligarquía local y había que evitarlo”.

 

Para quienes puedan estar interesados con mayor detalle en conocer cómo la propia Justicia ha enmendado la plana al trabajo de Mercedes Alaya y su instrucción en Mercasevilla, les sugiero lean a partir de la página 140 de la sentencia emitida y comprobarán que no estábamos demasiado locos quienes desde el primer momento dijimos que aquella instrucción, a golpe de troller , telediario y citas electorales, acabaría como el rosario de la Aurora. Y así ha sido. Lo que no imaginabamos es que la Sra. Instructora podría acabar bajo sospecha a propósito de su actuación en este proceso  y, de paso, dejando en las espaldas de la Guardia Civil – como antes intentó hacer con el CNP– la responsabilidad del fiasco que refleja la sentencia cuya lectura es muy recomendable para conocer qué, cómo y por qué.

No obstante, y por ofrecer solo un ramillete de pasajes, les dejo a continuación algunos fragmentos de la Sentencia que ilustran parte de este sinsentido en que se ha revelado el caso Mercasevilla. Que  hubo mamoneo y golferío, fijo, nadie lo duda, ya que desgraciadamente era ( y es) moneda común en nuestras administraciones públicas. Pero que, a la vista de lo leído, los contribuyentes hayamos costeado una muy cara instrucción judicial que ha resultado finalmente un bluf, es algo que nos debiera hacer meditar muy seriamente sobre el papel y el control de la acción de la Justicia en este país. Especialmente irritante para la ciudadanía, como parece que es el caso, cuando empiezan a aflorar factores de índole político – juego sucio del PP contra el PSOE usando la Justicia – y se  confirman, al menos indiciariamente, las peores sospechas que siempre sobrevolaron la actuación realizada desde el juzgado Nº 6 de Sevilla.

 

 

*Pepe Fernández es Periodista. Editor y Director de Confidencial Andaluz

@Pepe_Fdez

 

 

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Dos de los procesados se abrazan tras conocer el veredicto judicial que absolvía a los diez encausados

Pasajes de una Sentencia de  393 folios

 

 

 

 

Estos tres requisitos son cumplidos de forma indubitada por Mercasevilla: tiene personalidad jurídica, el control es público al ser una empresa de capital mayoritariamente público, y realiza una actividad de interés general y no exclusivamente industrial o mercantil. Y por ello, ratificamos el concepto que le otorga el Secretario General del Ayuntamiento”.

 

 

 

 

 

Es por ello que, ab initio, no es factible concluir que no concurre el presupuesto básico de dos de las infracciones por los que se formula acusación, y ello sin perjuicio de analizar si se trató de acto administrativo la opción de compra sometido a tal o de un acto sujeto al derecho privado. En atención a lo anteriormente expuesto, la cuestión planteada se desestima”.

 

 

 

 

Esto queda también acreditado incluso con la declaración más que especial que mantuvo el Sr. Antonio Pardal, quien en el acto del plenario mantiene un relato errático, carente de coherencia y de realidad, sin llegar a dar respuesta a lo que realmente se le preguntaba, olvidando extremos de imposible credibilidad a un empresario, tales como pago de impuestos, inscripciones en registro, y mucho más su capacidad o no para poder identificar a un acusado, manteniendo un relato inveraz u contradictorio a instrucción”.

 

 

Es decir, como expone el agente del CNP con TIP 58575 y recogido en su atestado justificado documentalmente, la cronología es:

  • 04/08/2003 Preacuerdo entre Mercasevilla y la mercantil Larena 98 S.L
  • 29/09/2003 Ratificación en Junta General Extraordinaria de Mercasevilla
  • 14/10/2003 Acuerdo Mercasevilla con Larena 98 S.L (Contrato de superficie)
  • 05/02/2004 Elevación a Público del acuerdo.
  • 18/07/2005 Contrato privado de traspaso y cesión de los derechos de superficie y cesión temporal de uso y explotación entre Larena 98. S.L y Sanma.
  • 14 de julio de 2005. Aprobación provisional de la revisión del PGOU. Se lleva a cabo un cambio de ordenación urbanística en la parcela actual de Mercasevilla, aumentando el número de Viviendas de Protección Oficial (VPO) y disminuyendo la superficie de la parcela. Conversaciones de Mercasevilla con la Gerencia de Urbanismo para un posible convenio urbanístico para regular las condiciones de la parcela de destino en Majarabique.
  • 15/09/2005 Elevación a Público del acuerdo entre Larena 98 S.L y Mercasevilla”.

 

Y el coacusado Antonio Rodrigo redujo su intervención exclusiva en la página 4 del correspondiente Acta de la Sesión: «Don Antonio Rodrigo Torrijos toma la palabra (…) Respecto a la cualificación de los dictámenes y opiniones que tendrían que ser recabados, a él personalmente le dan una gran seguridad y tranquilidad el que se emitan por los altos técnicos del Ayuntamiento de Sevilla integrantes de esta Comisión Ejecutiva, es decir, por el Secretario General y el Interventor General de la Corporación (…) sin que fuere preciso asesoramiento externo, así como que hay que buscar en todo caso la legalidad y transparencia, que entiende cumplidas con la publicidad y concurrencia”.

 

 

No existe prueba alguna de que el Sr. Rodrigo mantuviera contacto inicial con Larena 98, ni con Sando/Sanma, ni cualquier otra participación en los hechos, salvo su mera participación en las actas de la Comisión Ejecutiva como Vicepresidente de Mercasevilla, sin que este nombramiento conlleve sin más a ser autor, cómplice o inductor de cualquiera de los actos que las acusaciones, no todas, le atribuyen, y ello con independencia de que en sus intervenciones mostrara sus ideas políticas de preferencia a un sistema de licitación, y a su deseo de evitar especulaciones en el terreno”.

 

No participó ni activa ni pasivamente en la mesa de contratación, aprobando, como todos los miembros, los acuerdos adoptados en la Comisión Ejecutiva, sin que conste que ejercitara presión alguna sobre los miembros de la Comisión, y sin que el hecho de que inicialmente pensara en que la venta directa fuera la mejor opción implique sin más infracción penal, dado que en la Comisión de 28 de junio entendió que era suficiente publicidad y concurrencia, si bien ante los dictámenes emitidos optó por el concurso, sin que pueda existir delito por optar entre dos sistemas igualmente válidos según los dictámenes emitidos, dado que incluso el Secretario de Ayuntamiento no opuso ni impugnó que se llevara a cabo por el sistema finalmente empleado. No queda acreditado, que fuera el Sr. Rodrigo quien convenciera a los demás para que fuera el sistema elegido ante la resistencia de los restantes miembros, porque así lo exteriorizan los testigos, el Sr. Braojos, Sr. Gutiérrez Colomina, Sr. Gil Pascual, Economista, Sr. Cortés de La Cruz, estimando todos que el sistema optado era legítimo y legal. El hecho de preferir un sistema por encima de otro, así como la necesidad de fijar una cláusula de ayuda social no le hace ser autor de las infracciones penales. Su actuación se limitó a votar favorablemente los Pliegos de condiciones, así como también el resultado del concurso. No participó en la Mesa de Contratación, ni en la baremación”.

 

 

No existe prueba, ni siquiera indiciaria de que el Sr. Rodrigo presionara para que se convocara un concurso en lugar de una subasta, ni que se confabulara con los restantes acusados. Y como expone la defensa del Sr. Rodrigo, todos y cada uno de los miembros de la Comisión Ejecutiva admiten desde un inicio haber votado libremente sin que se forzara u obligaran por una u otra opción, sin sufrir imposición alguna, ni directa ni indirectamente. De ninguna prueba documental, ni testifical queda ni indirectamente demostrado que el Sr. Rodrigo Torrijos haya manipulado el concurso, ni que tuviera interés en que Sando/Sanma lo ganara. Y como expone su defensa no existe constancia de que el Sr. Rodrigo mantuviera contacto con representante o miembro de Sando/Sanma, porque no consta unida ningún tipo de comunicación del Sr. Rodrigo Torrijos con la mercantil adjudicataria. No consta tampoco a lo largo del plenario que el Sr. Rodrigo Torrijos tuviera otra intervención en la redacción del Pliego de condiciones que debía regir el concurso que su voto en las comisiones ejecutivas, sin que figure que recibiera ni enviara ni modificara borrador de ningún Pliego. Se comparte igualmente los argumentos de su defensa en torno a que tanto de la prueba documental, unida a la causa así como de las propias declaraciones de los coacusados y testigos que el Sr. Rodrigo Torrijos no designó de sus miembros, no formó parte de la Mesa ni asistió a sus reuniones, no tuvo intervención alguna en la misma, no se reunió con los técnicos que la formaban, no dio instrucciones ni indicaciones de ningún tipo a los mismos, no consta que diera «instrucciones precisas» a los Sres. Piñero, Ripollés y Sra. Bustamante para la confección del pliego al exclusivo fin de adjudicar el concurso a Sanma, ni que participara en la decisión de contratar al Sr. Pajares, ni participara en la valoración ni baremación de las empresas participantes en el concurso, ni conociera previamente a ninguna de las citadas empresas.

 

Es por ello, que el Sr. Rodrigo Torrijos no ha tenido participación alguna, fuera de la ser Consejero ostentando el cargo de Vicepresidente segundo. Se ha retirado acusación frente a él por el delito societario, y no consta que haya concertado con Sanma para que se conviniera con los interesados o usara de cualquier otro artificio, para defraudar, por lo que procede absolverle de las infracciones objeto de acusación.

Insistimos, como expone su defensa no existe constancia de que el Sr. Rodrigo mantuviera contacto con representante o miembro de Sando/Sanma, porque no consta unida ningún tipo de comunicación del Sr. Rodrigo Torrijos con la mercantil adjudicataria. No consta tampoco a lo largo del plenario que él tuviera otra intervención en la redacción del Pliego de condiciones que debía regir el concurso que su voto en las comisiones ejecutivas, sin que conste que recibiera ni enviara ni modificara borrador de ningún Pliego.

 

No existe prueba alguna, de que los Sres., Mellet y Castaño tuvieran un inicial interés en que Larena dejara de cumplir sus obligaciones y con ello intercambiar su posición por la de Sanma y con ello existiera un concierto previo para que Sanma/Sando se convirtiera en el Banco de Mercasevilla a cambio de obtener la propiedad de los terrenos. Y prueba de ello, es que previamente a que se iniciara los tratos con otra empresa subrogada, se ofertó a Larena 98 la posibilidad de instalar una ITV, así como el mantenimiento de Vía Pública y construir viviendas de Protección Oficial, tal y como asevera el Sr. Pardal en el acto del plenario. La causa por la que Larena cesó en sus obligaciones compete a ella, siendo que Mercasevilla en su reconvención solicitó que se cumpliera el contrato. Esta dejación queda constancia no sólo por los problemas de licencia, tal y como puede observarse de la testifical del Sr. Sola y Vera Goñi, no por cuestiones eléctricas, siendo estas meramente secundarias, siendo la principal, la ausencia de inversión externa bancaria o financiera”.

 

 

Y reiteramos, a pesar de las numerosas sesiones de juicio, unido a la legalidad esgrimida por cada una de las partes del sistema de opción de compra y sus negociaciones, todos niegan haber tomado iniciativa alguna en contactar entre ellos para facilitar la situación de Mercasevilla, e introducirlas en las negociaciones, sin que baste con una mera afirmación de que se trataba de un hecho notorio y público el traslado”.

 

Es más, si las negociaciones han sido desde un inicio tan asépticas no se comprende el sistema de ocultamiento para dar un relato coherente y sin contradicciones de como Sando entró en negociaciones con Mercasevilla. Tras ocultarse, la exposición de Sánchez Manzano y Sr. Miró, no describen de manera coherente cómo se inician los contactos con el Sr. Mellet; y debido a la falta de claridad de todas las partes, no puede considerarse irrefutable que los Sres. Mellet o Enrique Castaño no tomaran la iniciativa para comenzar los tratos con Sando, al igual que no ha resultado probado lo contrario”.

 

Mellet anuncia de la posibilidad de lograr un arreglo transaccional consistente en pagarle 1 millón 80 mil euros antes del día 18 de julio, fecha de la audiencia previa, siendo coincidente la fecha de la firma del contrato con la reunión de la Comisión Ejecutiva de 15 de julio de 2005 (F. 2.741 a 2743), en la que ya se informó a los Consejeros, de la solución mediante la subrogación de la mercantil Sanma en la posición jurídica de la entidad Larena 98 como titular de determinados derechos de superficie. Y el Sr. Pardal en el acto del plenario, si bien con un testimonio lleno de vacíos y lagunas, así como contradicciones admite que todo se llevó a cabo de forma legal, negociaciones entre empresas, siendo el Sr. Ponce quien lo hizo de forma activa».

 

Antes de continuar sobre la valoración de la prueba y la concurrencia o no en los elementos integrantes del tipo penal, se comparte las argumentaciones de Asociación de Frutas y Verduras en relación al único delito del que tiene legitimación de la escasa o nula participación que en los hechos han tenido los Sres. Antonio Rodrigo Torrijos y José Luis Sánchez Domínguez, sin que exista siquiera meros indicios en las actuaciones delictivas de la que son objeto de acusación. Respecto al Sr. Crespo, se analizará junto al resto de fundamentos jurídicos al ser también integrante de la Mesa de Contratación y ser el Presidente de Mercasevilla dirigiendo las diversas reuniones, lo que le hace tener una mayor relevancia en los contratos».

 

 

En la Junta General Extraordinaria de Accionistas de 29 de septiembre de 2003 se nombra Consejero a Antonio Rodrigo Torrijos, como Vicepresidente de la sociedad mixta municipal (f. 2709 y ss. y 6512 y ss.). En las conversaciones previas entre Larena 98 y Mercasevilla, el sr Torrijos no participó, tal y como queda probado por la documental, y con los pocos datos recordados por el Sr. Rozados, coincidentes con el Sr. Pardal, así como tampoco lo hizo en el acuerdo existente entre las tres mercantiles antes de las comisiones ejecutivas citadas antes, tal y como lo acreditan las mismas (f. 3730 y ss. y f. 2.741 a 2743). Es más, ninguno de los acusados de Sanma/Sando han mantenido ningún contacto con Antonio Rodrigo, no existe ningún testigo que enlace al mismo con la citada mercantil, así como tampoco existe documento ni correo electrónico que lo vincule con contactos internos, ni siquiera dentro de toda la extensa prueba documental presentada por Manuel Blanco, en la que pueda advertirse comunicación directa o indirecta de Antonio Rodrigo Torrijos con el grupo inversor».

 

 

 

Y en los folios 12935 y ss.de los autos el CNP y a en la fase inicial de contratación del derecho de superficie enumera los directivos de la empresa Sando en Andalucía que han intervenido en la subrogación del derecho de superficie de los terrenos de Mercasevilla: José Maria Flores Ales, Julia Álvarez Garcla·Pumarino, Luis Sánchez Manzano, José Luis Miró Morales y Martin Vincenti Verde, Sin que conste participación del Sr. Sánchez Domínguez, siendo que son los mismos integrantes que en toda la negociación con Mercasevilla, sin que se haya comprobado que el Sr. Sánchez Domínguez participara en el derecho de opción de compra. Es por ello, que respecto a Antonio Rodrigo Torrijos y Sánchez Domínguez procede dictar sentencia absolutoria».

 

En este enlace hallarán la sentencia completa.