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Bolsas de Empleo de interinos en la Administración de Justicia y mediocridad

Las bolsas de empleo no es que no se abran a los pocos meses de finalizar una OEP, no, es que, se abren antes de finalizar completamente una OEP.

 

 Todo lo que relate en este artículo está referido a la Administración de Justicia, en concreto, hará referencia a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, es decir, los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.

La forma habitual de acceso a la función pública, ya sea sanidad, educación, justicia, administración general del Estado, etc… es a través de las ofertas de empleo público (OEP). Hasta aquí, todo correcto. Bueno…casi todo correcto, en otro artículo hablaré de las bases que se elaboran para “algunos” procesos de selección de determinadas Administraciones que, son una verdadera vergüenza y como se desarrollan esos procesos pero, eso ahora no toca. Es decir, a través de esas OEP se selecciona a los aspirantes que superan esos duros procesos selectivos y todos aquellos que aprueban tienen las condiciones y capacidades adecuadas para ser competitivos en su puesto de trabajo y hacer a la Administración, por ende, también competitiva, esto es, al aprobar se convierten en funcionarios de carrera y son titulares de una plaza en el cuerpo que hayan aprobado. Esto es así porque, esas pruebas se desarrollan en condiciones de igualdad, mérito, capacidad y publicidad que, son los principios reconocidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la Constitución Española, en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia o quiero pensar que es así, aunque ha habido recientes sentencias publicadas en el BOE que, han obligado a repetir procesos de selección porque no eran respetuosas con esos principios por ejemplo esta sentencia relativa a la Administración de educación BOE . Quiero también referirles queridos lectores de pasada que, los sistemas de acceso por los que se desarrollan esas OEP son los de oposición, concurso-oposición o concurso de méritos pero, tampoco es el tema de este artículo, es sólo información para que ustedes tengan una visión conjunta.

¿Y qué pasa con los aspirantes que aprueban los exámenes pero, no llegan a la nota de corte para pasar a la siguiente fase del proceso selectivo y poder seguir haciendo exámenes o para conseguir directamente su plaza de funcionario?

Estos aspirantes siguen preparándose para la siguiente OEP o pueden, siempre que cumplan los requisitos, inscribirse en una bolsa de empleo de interinos. Y queridos lectores este, sí es el tema central de este artículo.

En educación, por poner un ejemplo, más o menos a los dos meses después de acabar completamente un proceso de selección de acceso a través de una OEP, se abren las bolsas de empleo de interinos para que esos aspirantes que no han superado el proceso de selección puedan inscribirse en esas bolsas y conforme a sus méritos y los requisitos exigidos en esas bolsas se barema a todos los aspirantes que, pasan a englobar una lista ordenada y de la que la Administración va llamando por orden de prelación cuando necesite más personal por las razones que sea, normalmente por razones de urgencia. Hay que decir que, para inscribirse en esas bolsas de empleo es necesario tener el certificado de notas de haberse presentado a las OEP anteriores.

Esto es tremendamente beneficioso para todos, tanto para la Administración porque esas bolsas de empleo se oxigenan y como se dice vulgarmente corren y se limpian de aspirantes, por lo que todos pueden tener oportunidad de trabajar para lo que se han preparado y para el propio aspirante que, le permite ir formándose en su futuro puesto de trabajo ya que, no es titular de su plaza y debe seguir preparándose para las siguientes OEP para obtener su plaza en titularidad puesto que, si no lo hace puede llegar en cualquier momento un funcionario de carrera que sea titular de su plaza y ocupar la plaza que ese funcionario interino ocupa temporalmente y este irse directamente a la bolsa hasta que lo vuelvan a llamar, al paro. En esto, a groso modo, consiste la herramienta de la interinidad que, bien usada es beneficiosa para todos pero, mal usada provoca un verdadero caos, discrimina y se convierte en una herramienta obsoleta de cooptación. El abuso y deformación que, tanto la Administración como las diferentes Organizaciones Sindicales, han hecho de la interinidad está provocando en la Administración de Justicia un verdadero desastre, fomentando esa mediocridad de la que antes hablaba y provocando que el porcentaje de interinidad se eleve a cotas de vergüenza por encima del 25 %. Bruselas, ya le ha dado varios toques de atención en este aspecto a nuestro país para que rebaje ese porcentaje, es por esto, que las OEP de 2017, 2018 y 2019 se van a desarrollar por el sistema de concurso-oposición. Habrá que estar atentos a su finalización para ver si ese porcentaje se reduce. Personalmente lo dudo mucho porque las bases comunes y específicas elaboradas conjuntamente por el Ministerio de Justicia y las Organizaciones Sindicales que tienen esa especial audiencia para estar sentadas en las mesas de negociación, son una verdadera vergüenza. Son un insulto a la dura inversión económica y humana de miles y miles de opositores y opositoras.

Perdón por la introducción querido lector pero, era necesario situarles a ustedes en el contexto en que se suceden los actos que relato a continuación.

Pero en la Administración de Justicia esto no es así. Las bolsas de empleo no es que no se abran a los pocos meses de finalizar una OEP, no, es que, se abren antes de finalizar completamente una OEP. Esto es un verdadero disparate porque discrimina e impide a esos aspirantes que aún no tienen su certificado de notas y que se les exige para inscribirse en esas bolsas de empleo. Pero es que, además se suma otro factor en contra negativo totalmente y que no se da en otras Administraciones y es que, en la Administración de Justicia hay bolsas de empleo de interinos que llevan sin abrirse cinco, seis, nueve y diez años. Esto es un auténtico despropósito y sinsentido por todo lo perjudicial que supone tanto para la Administración, como para los propios aspirantes.

Es perjudicial para la Administración porque eleva enormemente el porcentaje de funcionarios interinos en la Administración e impide que esas bolsas se oxigenen y de esta forma puedan inscribirse otros aspirantes, además de fomentar la mediocridad. Se puede dar la paradoja, y se da, de que en la Administración de Justicia haya funcionarios interinos que accedieron a través del Instituto Nacional de Empleo (INEM) y que lleven trabajando como funcionarios interinos veinte y treinta años sin haberse presentado a una OEP. Si queridos lectores han leído ustedes bien,  veinte y treinta años. Estos funcionarios interinos se “oxidan”, no se reciclan en sus conocimientos necesarios para ejercer con efectividad su trabajo y se van perdiendo el hábito de estudio necesario para prepararse para la siguiente OEP pero, como saben y tienen la certeza de que esas bolsas de empleo no se van a abrir pues el círculo vicioso se cierra, éstos no se preparan y dejan de presentarse a las OEP, con lo que la formación necesaria para ejercer de forma efectiva su trabajo en un Juzgado o Tribunal se deteriora enormemente y aparece la mediocridad. Esto no lo digo ni me lo invento yo, esto lo dicen muchos funcionarios de carrera que lo ven día a día en sus puestos de trabajo. Perdón, no es que no se presenten, se presentan, firman, se levantan, se van y no hacen los exámenes, saben que tienen su plaza de funcionario interino prácticamente asegurada, así es que para qué esforzarse. ¿Qué tipo de funcionario se está fomentando desde la propia Administración y las diferentes Organizaciones Sindicales para la Administración de Justicia? Para ser francos, no todos los funcionarios interinos actúan igual. Hay funcionarios interinos que si preparan los exámenes a conciencia pero es un porcentaje ínfimo.

Y además de toda esta “carrera de obstáculos” a la que se tiene que enfrentar un aspirante para poder inscribirse en una bolsa de empleo, está también el gran sinsentido de los requisitos para inscribirse en esas bolsas de empleo de interinos que, se redactan en esas órdenes ministeriales (si la Comunidad Autónoma no tiene delegadas las competencias en Justicia)  o disposiciones de la respectiva Comunidad Autónoma (si las competencias en materia de Justicia sí están delegadas en la respectiva Comunidad Autónoma). Si ustedes queridos lectores son inquietos y se paran a leer una de esas órdenes o disposiciones, verán que es bastante complicado que un aspirante que no tenga la condición de funcionario interino pueda inscribirse en ellas y competir en condiciones de igualdad con los demás inscritos. Esto que digo que, parece una barbaridad, no lo es. Sirva como ejemplo el caso ocurrido hace unos días en la bolsa de empleo de interinos de la Comunidad Valenciana Bolsa de empleo CCAA Valencia

Parece ser que en esta bolsa, se iban a aceptar únicamente como cursos puntuables para poder inscribirse en esta bolsa de empleo de interinos de la Comunidad Valenciana, los cursos impartidos sólo por Organizaciones Sindicales. Esto lo sabemos por un Sindicato, STAJ Valencia que, públicamente ha protestado contra este sinsentido en su blog oficial de la Comunidad Valenciana. Les dejo enlace para que ustedes queridos lectores lean y alucinen como yo lo he hecho cuando me he enterado de esto. Publicación STAJ Valencia

Esta publicación y lo que en ella explica STAJ es de extrema gravedad. Les pongo algunos párrafos literales de lo que en esa publicación se dice.

Este es uno de ellos y lo que en él se dice es muy grave: “Asimismo, es a través de esta mesa general donde se deciden los cursos que gestionarán estos sindicatos, y en consecuencia las generosas partidas presupuestarias que se reparten entre ellos (que además es una forma reglada de financiación ya que el 10% va a  parar a gastos de difícil justificación)”

¿Cómo que el 10% va a parar a gastos de difícil justificación? Soy andaluz por los cuatro costados y aquí en Andalucía, se ha juzgado y se sigue juzgando a sindicalistas y a otras personas por el tema de “Los cursos de formación”, Noelia Acedo, periodista, ha escrito largo y tendido sobre esto por si ustedes queridos lectores quieren informarse al respecto.

Les pongo otro fragmento de esa publicación de STAJ Valencia que, no tiene desperdicio: “Todos sabemos que esos cursos se imparten con dinero público. Pero el acceso no es igual para todos, porque mientras en los impartidos directamente por la Administración, se ofrecen públicamente, los empleados públicos sabemos perfectamente que en los impartidos directamente por los sindicatos, su forma de adjudicación no es nada clara. La prueba está en que la mayoría del personal no recordará ni la existencia, ni mucho menos la publicidad de los mismos, y por supuesto no conoce los requisitos ni medios de selección”

¿Qué el acceso no es igual para todos y que la adjudicación no es nada clara? ¿Pero qué vergüenza es esta? ¿Con qué confianza y tranquilidad un opositor u opositora o un aspirante se presenta a una OEP o se inscribe en una bolsa de empleo de interinos? ¿Qué garantías tiene de que se va a inscribir o presentar en condiciones de igualdad, mérito, capacidad y publicidad?

Estos son los “tejes y manejes” que se dan entre la Administración de Justicia o la Consejería de la Comunidad Autónoma respectiva y “algunas” Organizaciones Sindicales de dudosa reputación. Repito, esto no lo digo yo, esto está publicado en un blog oficial de un Sindicato.

Dicen que, “de buen nacido es ser agradecido”, se agradece que STAJ haga uso de las redes sociales para denunciar públicamente esto. Por cierto, esto es de lo que ustedes y yo nos enteramos porque es público. ¿Habrá hechos más graves de los que no nos enteremos y que sean constitutivos de delito? ¿No sería más razonable y de sentido común que, tanto STAJ que, denuncia públicamente esto en su blog como, el resto de Organizaciones Sindicales que, tengan conocimiento de estas graves irregularidades denuncien esto a través del correspondiente recurso de alzada o recurso contencioso-administrativo en la Administración o en el Juzgado o Tribunal correspondiente? ¿Por qué no se denuncia esto vía judicial? ¿Por qué estas barbaridades no tienen más publicidad en medios de comunicación? ¿Por qué se trata de tapar estas irregularidades y no se le dan casi importancia pese a su gravedad?

Como he dicho antes, agradezco a STAJ que denuncie en su blog oficial estas prácticas nada éticas y legales pero, se lo agradeceria mucho más si lo denunciase vía judicial.

No quiero extenderme mucho más. Si ustedes queridos lectores leen al completo la publicación de STAJ en su blog, verán que no tiene desperdicio     lo que se relata en ella.

Tan sólo decirles que, también es cierto que en una publicación posterior en su mismo blog, STAJ hace una aclaración respecto a esos cursos, nada del otro mundo. Les pongo enlace. Publicación Blog STAJ

Las preguntas hechas en este artículo y no contestadas se las dejo a su interpretación queridos lectores. Personalmente me siento muy decepcionado como ciudadano, como opositor y como miembro de la Asociación Adoaj, por esta forma de comportamiento sindical y por la gravedad de actuaciones de ese tipo por parte de esas personas que, parece que gozan de impunidad para hacer y deshacer a su antojo. Me consta que la Asociación Adoaj está vigilante con temas tan desagradables y pocos respetuosos como este.

Vuelvo a pedirles disculpas queridos lectores por la extensión del artículo.