Grupo Jale: arruinan a un empresario y 11 años después le dan la razón
Artículo del presidente del Grupo Jale, José A. Lopez Esteras con sus primeras valoraciones tras esta tardía victoria.
EL JUZGADO DE LO MERCANTIL, A LOS 11 AÑOS, HA DICTADO SENTENCIA RECONOCIENDO LA NO CULPABILIDAD DE LA FAMILIA LÓPEZ ESTERAS EN EL CONCURSO DE ACREEDORES DEL ‘GRUPO JALE’
Que debido a la Torticera actuación de los Administradores Concursales durante más de 11 años, que en lugar de Cumplir con lo establecido por la Ley Concursal, Satisfacer Deudas a los Acreedores y Continuar con la Actividad Empresarial de GRUPO JALE, contrariamente a todo ello, dejando sin Satisfacer a los Acreedores y además Paralizaron a este Grupo Empresarial Andaluz su Actividad Empresarial en las 8 provincias andaluzas, en Madrid y otras 6 provincias de España.
Disponía de más de 3.000 puestos de trabajo entre directos e indirectos, con más de 80 obras de construcción propias y externas y 6 hoteles, entre ellos dos importantes y prestigiosos establecimientos de Salud y Hostelería como era INCOSOL HOTEL MEDICAL SPA y HOTEL MONASTERIO SAN MIGUEL.
Acreedores, Empleados y Accionistas hemos estado sometidos durante esos larguísimos años a una Tortura Cruel, Atroz, Inhumana y Vengativa y por si aún fuera poco, condenados por el veredicto mediático popular del “banquillo” como Culpabilidad por Concurso Fraudulento.
Aún a pesar de esta tortura, conmigo no va el dicho de “A la tercera va la vencida” que se utiliza para persuadir a no seguir insistiendo más de tres veces en reclamar algo, yo no quise hacer caso y con mi tozudez de “no dar por perdida una causa justa” ha sido ahora en que la séptima Magistrada del Procedimiento Concursal”, la cual con Justicia y Honestidad ha dictado una Sentencia ajustada a Derecho, contra la falsa Acusación de Culpabilidad de los Expoliadores del GRUPO JALE, dicho Fallo ha sido:
El día 19 de noviembre de 2019, la Juez Titular del Juzgado de lo Mercantil nº. 1 de Cádiz, Ilma. Srª. Dª. Susana Martínez Toro, dictó Sentencia con 21 páginas con extensas fundamentaciones y jurisprudencia que demuestran que GRUPO JALE al solicitar el Concurso Voluntario tenía un millonario Superávit Patrimonial Neto y que dicho Superávit fue ratificado por el propio Juzgado y que no se ha defraudado ni un solo euro, por lo que:
FALLO
“Desestimando íntegramente las Peticiones de Calificación de los Informes de la Administración Concursal y del Ministerio Fiscal, declaró Fortuito el Concurso de la sociedad Inmobiliaria Amuerga SL (GRUPO JALE), sin costas.
Queremos agradecer a la Letrada Defensora de nuestra Culpabilidad, Dª Verónica Yécora Verdugo, Colegiada en el I.C.A de la Rioja y Socia-Fundadora de COMPAÑÍA JURÍDICA por la perfecta Defensa y Exposición de sus Conclusiones.
Por otro lado seguimos con nuestra Reclamación Patrimonial al Ministerio de Justicia por la “Disfunción Judicial” a la que hemos estado sometidos en estos largos años y en la actualidad se encuentra en la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional