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De la casa Agreda y la Ley de Bienes.

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Isabel Nieto

Dicen los periódicos que la Fiscalía ha presentado denuncia por el procedimiento de venta de la casa Agreda y que se investigarán a unas 15 personas por los hechos denunciados, imagino que será verdad. Ya nada me asombra porque que cada vez que la Fiscalía adopta algún acuerdo, se ha convertido en costumbre notificarlo a la prensa antes que a los afectados. Así se ha hecho en estos últimos años . Mala costumbre esta, y anormal funcionamiento de la justicia, porque solo busca y consigue la indefensión de los denunciados y la publicidad gratuita de algo que puede no ser delito y dañar la imagen de muchas personas.

Dicen los periódicos que el Ayuntamiento recibió una oferta por escrito en Junio de 2014 para la adquisición de la casa Agreda, y que se tramitó un concurso para adjudicar el derecho de superficie. No se habla con claridad del precio total, que parece quedar reducido al de una futurible opción de compra de 1.637.638 €, omitiéndose otros datos fundamentales, como el precio del derecho de superficie, el del suelo, el de la edificación, el del uso o el de la rehabilitación y se da a entender que había otras valoraciones distintas, como si esto fuera algo malo, pero no se explican.

Nadie dice que siempre que un inmueble se cede, permuta o vende, la Intervención municipal exige una valoración actualizada, algo lógico, puesto que los valores de mercado suben o bajan a lo largo de los años, y los edificios municipales también se ven afectados por el deterioro y la crisis. La llamada Casa Agreda es un solar con dos edificaciones, una catalogada y otra no, con un total de 3.399m2 construidos. La última valoración de 2014 concluyó que un inmueble para el mismo uso de equipamiento, si estuviera en buen estado y con idéntica superficie, valdría 6.845.788,81 € + IVA. Esto supone una repercusión por m2 de 2.014 €/m2 + IVA.

Límites en el PEPRI

Y llama mucho la atención que hasta el momento nadie hable del estado de los edificios ni del uso obligatorio de equipamiento. El Plan de Protección del Albaicín (PEPRI) no admite en el solar ningún uso lucrativo, ni hotelero, ni comercial, ni de vivienda. El destino del inmueble ha de ser equipamiento social, cultural o docente, detalle fundamental a la hora de hacer la valoración y que ningún medio de comunicación menciona. Y parece que la Fiscalía tampoco. Existe otra valoración de 2008 en el expediente, para una actividad económica hotelera, que ni era viable ni es comparable con una actividad social sin ánimo de lucro.

También llama la atención que no se hable del estado del inmueble y del coste de rehabilitación, que es coincidente con el ya calculado en el año 2006 por diferentes arquitectos. Si el coste de la rehabilitación según anteproyecto es de 4.959.258,39 + IVA, significa que el inmueble se encuentra en ruina económica. Esto es , el valor del costo de reparación de edificio es superior al cincuenta por ciento del valor actual, (Sent. del T. Supremo 26/ 12/90, 22/10/ 91, 2 /2/93 , 27/1/ 98 , 28/6/ 99, 31/5/01). Las reparaciones son todas las necesarias para poner el edificio en condiciones de servir adecuadamente a sus fines, de suerte que pueda cumplir su función. Por tanto, el precio al que hacen referencia los periódicos 1.637.638 €, no es mas que el valor residual, que se haría efectivo por el adquirente una vez cumplida la primera obligación en especie, que es proceder a una rehabilitación mínima por importe de 4.959.28 €.

 

La Junta tuvo derecho de tanteo

Nadie menciona que se dio traslado durante tres meses a la Junta de Andalucía por si quería ejercer su derecho de tanteo y adquirir el inmueble en las mismas condiciones, parte en especie y parte en efectivo, por un total de 6.845.788,81 € + IVA y que la Junta rechazó la opción.

Y lo que más importante: nadie menciona que la regla general para la cesión de los equipamientos de carácter social, es la gratuidad. Y que todos los inmuebles patrimoniales se han cedido gratuitamente hasta el momento. Y esto se regula con claridad tanto en la Ley de Bienes de las Entidades Locales andaluza como en la estatal. El art. 109 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales estatal establece que los bienes patrimoniales podrán cederse a “Instituciones privadas de interés público sin ánimo de lucro, dando cuenta a la Comunidad Autónoma”
Ley de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía establece en los art. 26 , 27 y 36 que “Las entidades locales podrán ceder de forma total o parcialmente gratuita sus bienes patrimoniales a entidades privadas declaradas de interés público siempre que los destinen a fines de utilidad pública o interés social, que cumplan o contribuyan al cumplimiento de los propios de la entidad local”.
“ Si los bienes inmuebles cedidos no se destinasen al uso previsto dentro del plazo señalado en el acuerdo de cesión o dejasen de estarlo posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirán a la entidad local con todas las mejoras realizadas”.
“Los bienes patrimoniales deben ser administrados de acuerdo con criterios de máxima rentabilidad. Las entidades locales pueden valorar, no obstante, motivaciones de índole social, cultural y deportiva, promoción urbanística o fomento del turismo u otras análogas, que hagan prevalecer una rentabilidad social por encima de la económica”.
Es público y notorio que el Pleno del Ayuntamiento de Granada ha cedido gratuitamente el derecho de superficie de innumerables inmuebles patrimoniales calificados como equipamientos a diferentes asociaciones privadas, Federación de Comerciantes, Cámara de Comercio, Comisiones Obreras , Agredace, Fegradi, Borderlain, Agraimi, Aspaim, Síndrome de Down, Fray Leopoldo, Caritas, y un largo etcétera. Todas se han tramitado desde Urbanismo, y nunca se ha impuesto una aportación económica ni una inversión mínima, puesto que todas las asociaciones sin ánimo de lucro deben acudir a subvenciones y patrocinios para ejecutar sus obras y todas ellas vienen a suplir la asistencia social y especializada que la junta debería prestar, siendo sus fines de interés publico y social y un complemento a la labor de las administraciones.

¿Cara o barata?

Nadie menciona que en el mismo caso se encuentra AIDE, Federación internacional de ONGs sin ánimo de lucro, cuyo objeto social es la ayuda a inmigrantes y su integración social y laboral. Si la casa Agreda puede cederse gratuitamente a AIDE o a cualquier otra asociacion, ¿ a que viene discutir en el Juzgado si es cara o barata? .¿Desconoce la Fiscalía la Ley de Bienes de las Entidades Locales y el Reglamento?. Seguramente desconoce que es la primera vez que el Ayuntamiento hace un anteproyecto y establece e impone una cantidad minima para invertir. Y esto se hizo por responsabilidad. Por la responsabilidad que supone tener una propiedad en un barrio patrimonio de la humanidad y para asegurar una inversión suficiente en el inmueble. De la misma forma que se había calculado la rehabilitación que requiere el edificio de la calle San Matías, con objeto de que quien resulte cesionario, se comprometa a la inversión mínima necesaria. Estos detalles es posible que los desconozca la Fiscalía, porque son muy lejanos al derecho Penal, pero si que fueron explicados en varias ruedas de prensa en los años 2014 y 2015. No desconocen los medios de comunicación, que el Ayuntamiento al establecer un precio, no ha perseguido nunca hacer caja ni obtener beneficio económico. Lo que perseguía era un doble interés publico: dar un uso social a un equipamiento abandonado, y conseguir una rehabilitación digna, sostenible y duradera en el Albaicin. No habría sido responsable una cesión gratuita permitiendo un mero lavado de cara al edificio. Y está claro que para tener propiedades hay que tener medios para mantenerlas.

Nadie menciona que existían más asociaciones interesadas en la cesión de la casa Agreda, pero sin aportar ni un euro, con la pretensión de hacer un mínimo lavado de cara al edificio y el peligro de utilización en condiciones deficientes. La Real Academia de Bellas Artes, presidida por el Fiscal Superior de Andalucía, Mujeres por Granada, Asociación de Vecinos, todos querían el edificio, pero nadie quería aportar un duro. Nadie menciona que hubo reuniones con otros interesados y que nadie quiso presentarse al concurso, según la portavoz de alguna de las asociaciones interesadas, porque “con un millón se arregla”. A 300 euros el metro, incluyendo climatización y accesibilidad, carpinterías, artesonados, cubiertas …

Las ventas de la Junta como referencia

AIDE , la entidad adjudicataria , Federación internacional de ONGs , con sede en varios países, entre ellos Bélgica y domicilio social en Paris, tenia la oportunidad de acceder a fondos europeos. El pliego y las condiciones se publicaron en el BOP siguiendo escrupulosamente el procedimiento establecido .Cualquiera pudo presentarse al concurso e igualarlas o mejorarlas. Nadie quiso. Ni la Junta ejerció su opción preferente. Todos dijeron que era caro. Sin embargo ahora dicen que a la Fiscalía le parece barato. Nadie menciona que para la valoración de la casa Agreda se utilizó como referencia el precio de los edificios vendidos por la Junta de Andalucía, que constan en nuestro expediente, resultando que el palacete donde se ubica la sede de la Delegación de Cultura en el Paseo del Salón, fue vendido por precio inferior, 1.690€/m2. Y no solo eso, la Junta devolverá al comprador todo el dinero recibido poco a poco, mediante el pago de un alquiler durante 20 años. Al final el comprador recuperará su dinero y será propietario del edificio. Tampoco he oído comentarios sobre esta ruinosa operación.

En cuanto a las manifestaciones de los que fueron mis compañeros en el Ayuntamiento, a los que tanto he querido y sigo queriendo, me traen el recuerdo de las negaciones de San Pedro en el pasaje del Evangelio de San Marcos 14,68 “ no lo conozco. Ni siquiera sé de que esta hablando”.

*Isabel Nieto es abogada y exconcejal de Urbanismo. está investigada en la Operación Nazarí y ahora las informaciones publicadas anuncian que también resultará investigada en el procedimiento de Casa Agreda