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Los penalistas de Facebook

A quienes ahora pontifican en Facebook y Twitter sobre el llamado ‘Juicio a los Independentistas’, les haría bien estudiar la legislación vigente y su razón de ser

  

Acaba de comenzar uno de los Juicios más importantes de la Historia de España. De eso no hay duda. Todas las precauciones para que no se convierta en un circo mediático han saltado por los aires en la sociedad de la información, en la que son los Medios de masas y no los Tribunales quienes dictaminan quién es culpable y quién es inocente.

 

Una serie de cuestiones tan obvias que causa si acaso sonrojo señalar

 

Pero, por si esto fuera poco, junto con las sentencias de condena o absolución se entregan también, al parecer, los Títulos en Derecho. No tema el lector, no pienso enfrascarme aquí en un tedioso para él -aunque estimulante para el jurista- análisis in extenso del Juicio a los altos cargos de la Generalitat que se solapa con los Presupuestos no natos del doctor Sánchez. El resistente. Lo que sí voy a hacer es apuntar una serie de cuestiones tan obvias que causa si acaso sonrojo señalar, pero que creo que son muy necesarias tener en cuenta para bajarnos al planeta tierra y hablar con un poco de conocimiento de causa.

La primera: estos altos cargo del Gobierno de Cataluña no se sientan en el banquillo por ser independentistas o por apoyar el independentismo. De ser así habría que enjuiciar a al menos la mitad de Cataluña y a otros muchos que, sin ser independentistas, simpatizan con su causa y tratan por todos los medios de hacerla ‘presentable’ en el exterior y ‘entendible’ en el interior.

 

Sedición. Rebelión. Malversación. Desobediencia

 

Se sientan como reos encausados por la comisión de hechos que presuntamente casan con los delitos tipificados en el Código Penal Español de Sedición (artículo 544), Rebelión (artículo 472), Malversación (artículo 432) y Desobediencia (artículo 410.1). Que la conducta de los acusados case o no efectivamente con la que exigen estos tipos penales (tanto en el tipo subjetivo -que tuvieran intención o no de hacerlo- como en el tipo objetivo -que desarrollaran las actuaciones que describen los artículos-) es otra cuestión.

Pero en todo caso una cuestión jurídica, no política. Una cuestión, por lo tanto, a la que tienen que atender los juristas y no los políticos ni la prensa. Los primeros deben gestionar adecuadamente las instituciones y poner en marcha políticas públicas que beneficien a los ciudadanos, y la segunda debe informar con veracidad. Por lo tanto, es falso que se trate de un juicio político -aunque tenga repercusiones políticas innegables- y que los acusados lo estén por motivos políticos.

Los únicos responsables de su situación actual son ellos mismos, a llevar a cabo, presuntamente, conductas a sabiendas de que coincidían con delitos tipificados en la legislación vigente.

 

La primera: estos altos cargo del Gobierno de Cataluña no se sientan en el banquillo por ser independentistas o por apoyar el independentismo.

 

La segunda: no se trata de un juico al independentismo ni a Cataluña. Por la sencilla razón de que legalmente no se puede enjuiciar, aunque se quisiera, a una causa abstracta, a una ideología, a una región o a un país. Tan sólo se pueden abrir causas contra personas físicas o jurídicas, siguiendo el procedimiento y el proceso establecidos en las Leyes de Enjuiciamiento españolas. En el caso que nos atañe, en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Tan sólo en el caso de que esto no fuese así y las actuaciones se hubieran practicado de manera manifiestamente extra-legal, podríamos hablar entonces de un juicio político para condenar a una ‘causa’, sometiendo a escarnio público a unos pobres cabezas de turco a título ejemplarizante para dar un escarmiento a los díscolos y lanzarles un aviso sobre lo que les puede pasar si cruzan la línea.

Pero como, por las razones expuestas, el proceso en el que están incursos las ex-autoridades del Gobierno y del Parlamento catalanes, se ajusta perfectamente a la legalidad, no cabe hablar en modo alguno de juicio ‘contra’ nada.

 

Los reos no son presos políticos

 

La tercera: los reos no son presos políticos. Esto se deduce de lo apuntado hasta ahora, pero es preciso dejarlo bien claro. Presos políticos son aquellos que son detenidos y procesados ‘por’ sus ideas políticas o ‘por’ la manifestación de sus ideas políticas, sea cuales fueren estas. Los hubo durante el Franquismo y lo hay hoy en Venezuela o Arabia Saudí. Por poner algunos ejemplos fácilmente identificables. Como ya se ha dicho, quienes son en estos momentos juzgados por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo fueron detenidos al ser procesados por estos delitos, y su Prisión Provisional fue decretada por el Juez Instructor en base a los requisitos previstos en la mencionada Ley de Enjuiciamiento Criminal y con los fines previstos en la misma, que fueron fundamentalmente dos, y cito textualmente del artículo 503.1:

 

  1. ‘Asegurar la presencia del investigado o encausado en el proceso cuando pueda inferirse racionalmente un riesgo de fuga.’

 

  1. ‘Evitar la ocultación, alteración o destrucción de las fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento en los casos en que exista un peligro fundado y concreto.’

 

Tan importante en una Democracia es acatar, respetar y cumplir la Ley como votar.

 

No hay más que decir cuando se comprueba que gente como Carles Puigdemont o Anna Gabriel son prófugos de la Justicia española, que Carme Forcadell, Jordi Turull, Raül Romeva y Josep Rull son puestos de nuevo bajo Prisión Provisional al volverse a involucrar en actividades secesionistas pese a estar procesados, o que lo nuevos líderes de paja sucesores de los que están en la cárcel no sólo están lejos de abandonar toda actividad delictiva, sino que insisten una y otra vez en anunciar que van a delinquir como sus predecesores.

 

Otra cuestión diferente es que los independentistas y quienes pactan con los independentistas, les apoyan o simpaticen con ellos se empeñen en utilizar una, por otra parte, formidable máquina de propaganda para diseminar una versión a sabiendas falsa sobre este Proceso Judicial. No cabe duda de que el Poder Judicial en España adolece de taras importantes, que sólo se van a solucionar cuando tengamos la valentía de asumir que los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y el Fiscal General del Estado deben ser elegidos directamente por los ciudadanos.

Pero ello no debe conducir a sustituir los argumentos legales por la burda propaganda, que no resiste el mínimo contraste empírico. A quienes ahora pontifican en Facebook y Twitter sobre el llamado ‘Juicio a los Independentistas’, les haría bien estudiar la legislación vigente y su razón de ser, así como las bases del Estado de Derecho. Así entenderían que tan importante en una Democracia es acatar, respetar y cumplir la Ley como votar. Y que quien se salta la Ley o incita a otros hacerlo no es un demócrata y debe ser procesado por ello.