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Los ‘ramos de cerezas’ de la Operación Nazarí

Pepe Fdez
Pepe Fernández @Pepe_Fdez

El Tribunal supremo viene desaconsejando reiteradamente la creación de macrocausas de forma forzada o ficticia, porque dificultan la investigación de los hechos y la dilatan en el tiempo, resultando una práctica contraria al principio general establecido en la ley de enjuiciamiento. ¿Por qué se ha abierto una macrocausa en Granada?

Esta es, sin duda, la pregunta que en esta fase se plantean los juristas que asesoran, como los propios investigados, especialmente el exalcalde Torres Hurtado y  la exconcejal de Urbanismo Isabel Nieto, ambos, con su caída, han dado proyección política nacional a la Operación Nazarí y sus consecuencias en el gobierno de la ciudad de Granada.

Para poder responder, desde el punto de vista jurídico, a las motivaciones jurídicas que el Juzgado Nº 2 de Granada, la Fiscalía y la Udef han usado en esta causa, los afectados recurren a la jurisprudencia existente, empezando por lo que obliga la Ley de Enjuiciamiento Criminal que establece como principio general que “cada delito dará lugar a una única causa”. Y que “Sólo los delitos conexos serán investigados en la misma causa”. Incluso si los delitos fueran “conexos” serán investigados en la misma causa cuando la prueba en conjunto de los hechos resulten convenientes para su esclarecimiento y  “salvo que suponga excesiva complejidad o dilación para el proceso”.

Levantamiento de sumario en campaña

Según las primeras impresiones que tienen quienes aún no conocen lo que oculta el secreto sumarial dictado por la Juez y renovado nuevamente hasta el próximo 13 de junio, casualmente en plena campaña electoral, en las investigaciones de la Operación Nazarí no existe conexión entre los expedientes investigados, ni los protagonistas encartados. Y se preguntan si se pretende la dilación del proceso “o vestir de complejidad los hechos investigados, para dar apariencia de gravedad y trama”.

Entre otras razones porque la doctrina emanada al respecto desde el Tribunal Supremo es bastante clarificadora y citan como ejemplo, entre otros, concretamente este que menciona los ramos de cerezas:

“Cuando la unidad procedimental se erige en escollo, causa de dificultades… la unidad procedimental resulta especialmente poco plausible cuando se asienta en la hipótesis del n° 5 del artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal… Una poco leal interpretación de tal norma ha venido dando lugar a una voracidad oficiosa de algunas instrucciones que recuerdan la implicación arrastrante de los ramos de cerezas y que podría poner incluso en cuestión la compatibilidad de tal oficiosidad con la percepción de imparcialidad de los órganos judiciales que así actúan”.

Los expedientes que se llevó la UDEF

Para sustentar la tesis defensiva ante la supuesta ilegalidad jurídica cometida al unir presuntos delitos inconexos, sirvan como ejemplo ocho expedientes por los que se interesó la policía judicial (incautados) y sometidos, por tanto, a la lupa de las partes. Entrecomillada tras cada caso la hipótesis jurídica que manejan los investigados al respecto.

  1. Los  expedientes relacionados con una parcela de equipamiento del Campus de la Salud, relativos a licencia para construir una residencia universitaria, en la errónea creencia de que tal licencia existe. El solar es propiedad del empresario García Arrabal y de la Universidad de Granada. La licencia no se ha dado y la residencia no se ha construido. Ha sido denuncia falsa. “Deberán archivarlo”.
  2. Expediente de licencia de obra menor del año 2010 para adaptación de local a oficina de registro de la propiedad, con escritura de uso privativo de patio común.  El titular del local es persona diferente y el barrio también. “No tiene entidad, ni relación con el anterior, ni con el siguiente”.
  3. 6 expedientes de concesiones de aparcamientos públicos , adjudicados por concurso público en diferentes zonas de la ciudad, los años 2001 a 2004 a diferente empresario, con diferentes alcaldes , diferentes concejales y diferentes funcionarios. “No pega con los demás”.
  4. Los expedientes relacionados con el Plan Parcial San Jerónimo, ubicado en el distrito norte de la ciudad, tramitados desde 2005, con un edificio terminado propiedad de otro empresario diferente a los anteriores ( José Julián Romero), con sus avales ejecutados  y las obras de urbanización paralizadas por falta de pago de los demás propietarios.  “¿?”
  5. Los expedientes relativos al convenio para pago en especie de deuda por venta de parcela comercial en el T- 1 . Este tema ya tiene Auto de sobreseimiento libre, por denuncia falsa, ratificado por Sentencia firme. Pero ha vuelto a denunciarse lo mismo. “Es cosa juzgada”.
  6. Expediente sancionador del edificio de calle Obispo Hurtado, abierto por tener menor altura los techos de las viviendas ( 2,50  en vez de 2,60). El edificio se construyó en régimen de comunidad de propietarios (cooperativa). “Nada que ver con ningún empresario, ni con los funcionarios”.
  7. Expedientes de licencia de usos complementarios del edificio Progreso ( porcentajes de usos de oficina/vivienda/ apartahotel/). “Este es de García Arrabal”.
  8. Por último el expediente de Aremat formación, denuncia interpuesta por Ramón Arenas porque se le impidió construir garajes y viviendas en una parcela destinada a guardería. Compra la parcela por 400.000 €, la hipoteca por 2.000.000 y pide indemnización de 8.000.000. Y además denuncia irregularidades en el pabellón de hielo contiguo. “Un caso que requiere ser estudiado de forma individual, sin lugar a dudas”.

“¿De quien ha sido la iniciativa de acumular los temas tan diversos e investigar a personas tan inconexas , hasta el punto de que algunas no nos conocemos?”, se pregunta la exconcejal de urbanismo Isabel Nieto. Y responde: “Es porque se quiere dar la falsa imagen de una trama organizada. Los expedientes de uno en uno no tienen entidad. Y en cambio nos encontramos con la negativa a acumular la investigación de las actividades paralelas de Jacobo de la Rosa? ¿Hay algún trato entre fiscalía y Jacobo? termina preguntándose la Sra Nieto.