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La Constitución española ha muerto

No veo alzar la voz a Adelante Andalucía en contra del anteproyecto de Ley de Función Pública que está sobre la Mesa del Parlamento de Andalucía.

 

  De todos es sabido que nuestra Constitución Española, es una Constitución incompleta que necesita de normas de desarrollo que la completen, de ahí la cantidad de normas, Leyes o “parches” que a lo largo de nuestra “democracia” se han ido desarrollando como, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, etc…

 

Los seis redactores de nuestra Constitución Española, sí los seis, la redactaron en una época en la que las circunstancias eran bien distintas a las de ahora y estoy seguro que ninguno de ellos se imaginaban el marco actual geopolítico en el que nos encontramos, ni lógicamente los avances que vivimos en todos los sentidos y muchos menos los abusos  que padecemos, imagino que estos señores se echarían las manos a la cabeza si vieran el panorama actual. También estoy seguro de que esos seis redactores de nuestra Constitución eran conscientes de que había una gran voracidad económica y personal de miles de personas que tras la muerte del dictador sólo pensaban en descuartizar económicamente España y engordar sus arcas personales y las de sus futuras generaciones, ya saben ustedes, ¿Qué hay de lo mío?

 

No sé si por torpeza en esas “ansias” de redacción o por “obligación o presiones” para callar algunas bocas, estos seis redactores plasmaron un Título I en nuestra Constitución, “De los Derechos y Deberes Fundamentales” y un artículo 23 dentro de este Título, que se me antoja fundamental en todo este desaguisado y caos de propuestas inconstitucionales y presiones que actualmente vemos relacionadas con el tema de la temporalidad.

 

Artículo 23

1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.

Artículo 23, que está relacionado con el artículo 21,2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, “Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país”.

 

Ya de por sí, el Real Decreto Ley 14/2021 de 6 julio sobre temporalidad que a día de hoy se encuentra en trámite de enmiendas en el Congreso de los Diputados, es una cicatriz profunda en nuestra Constitución Española, que estoy seguro que de aprobarse tal y como está o con las torticeras e interesadas enmiendas que proponen Esquerra Republicana y Unidas Podemos, será motivo de recursos de inconstitucionalidad o de amparo por las personas legitimadas constitucionalmente para ello, si finalmente se aprueba, de lo contrario esas personas estarían asestando una puñalada profunda a nuestra Carta Magna y estoy seguro que será recurrido con motivo de su aplicación, ya sea en un proceso de selección en una oferta de empleo público o de la obtención como funcionario de carrera de un funcionario interino sin presentarse a una oferta de empleo público, por las personas afectadas.

 

El caos jurídico al que van a dar lugar “nuestros representantes” es de órdago y todo por interés partidista y por haber deformado desde aquellas décadas de los años ochenta una herramienta, a mi juicio necesaria, como es la interinidad, esta deformación de esta herramienta se ha hecho para corromper al individuo, convertirlo en un individuo o individua servicial y obviamente por interés partidista, electoralista y sindicalistas, en vez de auxiliar y hacer eficientes y eficaces a las Administraciones Públicas y de esta forma contribuir a mejorar nuestro país. No doy crédito a la cantidad de barbaridades y declaraciones que estoy escuchando relacionadas con este tema desde hace unos meses hasta nuestros días, de letrados, miembros de las Cortes Generales, medios de comunicación, Plataformas y Asociaciones de funcionarios interinos, sindicatos, etc…Todo sea por la causa, todo vale, hasta pisotear nuestra propia Constitución, nuestros Derechos Fundamentales y la jurisprudencia en este sentido del Tribunal Constitucional, por sacar un puñado de votos. Como ejemplo de esto, esta noticia reciente del periódico digital Confilegal, plagado de medias verdades o falsedades, sacando puntos de un artículo del Estatuto Básico del Empleado Público de contexto a propósito que desvirtúan la propia norma, de porcentajes que no son ciertos, etc…

 

Últimamente leo a muchos “expertos” opinar en ese y otros medios auténticas barbaridades sin ni siquiera sonrojarse. Leo a letrados y a letradas dar opiniones “expertas” de las recientes Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante TJUE), mandando mensajes a los cuatro vientos que faltan a la verdad, curiosamente no leo a ninguno de esos letrados o letradas “expertas” decir por ejemplo por qué las Sentencias del TJUE están redactadas en la línea en que lo hacen y que expresan exactamente. Yo pensaba que la Unión Europea dictaba normas en materia de su competencia y función pública no es una competencia de la Unión Europea, pero oiga yo no soy “experto” en nada, estos temas se los dejo a esos “expertos”, manda narices. Todo consiste en una maraña de imposturas para dibujar una realidad que no es cierta con el objetivo de presionar para estar “por encima de la Ley” y que las responsabilidades de los verdaderos autores de este caos queden en aguas de borrajas.

 

Yo mismo he redactado comunicados para mi Asociación y a medida que lo redactaba el número de interinos en fraude de Ley subía vertiginosa y misteriosamente desde los 800.000 al 1.000.000, así sin más, sin un Juez que lo dictaminase ni una Sentencia firme que reconozca ese abuso, no daba crédito a las barbaridades que leía y sigo leyendo, la ligereza con que se trataban y tratan las cifras y los porcentajes, parecía que cuanto más abultado fuese el número más impacto causaría. Es triste y grave utilizar estos argumentos, así como mezclar los símbolos de violencia de género para conseguir objetivos inconstitucionales porque se cruzan líneas peligrosas que nunca deberían traspasarse con temas tan delicados y graves como estos.

 

Leo con asombro, como Adelante Andalucía, Més per Mallorca, Más Madrid, Compromís, Geroa Bai y Agrupación Socialista Gomera, presentan una Proposición de ley en el Senado de cara a impulsar un concurso de méritos al que pueda presentarse cualquier trabajador o interinos cesados, ahí es nada, sin preguntarse siquiera si se dan las condiciones para ese “concurso de méritos” que ya les digo yo que no se dan y que de prosperar sería otra barbaridad más. Esto es curioso porque por ejemplo no veo alzar la voz con tanto énfasis a Adelante Andalucía en contra del anteproyecto de Ley de Función Pública que hay encima de la Mesa del Parlamento de Andalucía y que es un auténtico disparate, sólo veo poses de cara a la galería y por interés electoralista. Y paro aquí de comentar barbaridades, absurdeces, noticias y datos sin contrastar porque daría para un libro, tan sólo quería mostrarles la punta del iceberg de las incoherencias que se vienen diciendo desde hace mucho tiempo. El número de falsedades que se están publicando por minuto en nuestro país sobre este tema es de récord. 

 

El ejemplo más claro de que todo este movimiento de presión acerca de la temporalidad es por puro interés y que no hay la más mínima intención en darle solución y si mucha intención en evitar las responsabilidades de sus autores es que no he visto tratar el mal funcionamiento, caos y poca transparencia de las bolsas de empleo de funcionarios interinos, ni en el Real Decreto Ley de medidas sobre temporalidad, ni en ninguno de esos informes de esos “expertos” que forman esos grupos interdisciplinares, ni en los espacios de debate previos que desde hace tiempo se vienen sucediendo, ni a Diputados ni Senadores, ni a esos “expertos” letrados y letradas, sindicatos, informes de Ex Magistradas del Tribunal Constitucional, etc…y las bolsas de empleo de funcionarios interinos son una pieza clave para dar solución a este problema. Una adecuada regulación y respeto de esas bolsas de empleo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad influiría positivamente en los porcentajes de interinidad, reduciría la temporalidad, repercutiría positivamente en las arcas del Estado, mejoraría de forma notable la eficacia y eficiencia de las propias Administraciones y obviamente la atención al ciudadano mejoraría de forma ostensible, pueden ustedes Señorías aprobar uno, dos, o tres mil Reales Decretos Leyes sobre temporalidad, pero si éstos no van acompañados de una adecuada regularización y funcionamiento de esas bolsas, esos Reales Decretos no valdrán absolutamente para nada. Pero no, esto no interesa para nada porque no da votos. Lo importante es sembrar la cizaña, confrontar, mentir, etc…para rascar esos puñados de votos. Lamentable y triste para nuestro país.

  Lean ustedes este artículo 168 de nuestra Constitución Española, pertenece al Título X.

 

Artículo 168

1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.

2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.

3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.

Nuestro famoso artículo 23, está considerado dentro de este artículo 168. Y yo me pregunto, ¿Por qué en vez de proponer tantas barbaridades y “parches” para dar solución al problema de la temporalidad que van en contra de nuestra Constitución, no se demuestra valentía por todas esas personas que están pidiendo y proponiendo soluciones que son inconstitucionales y se dice sin tapujos lo que se quiere hacer, que es darles la plaza por toda la cara sin pasar por una oferta pública de empleo a todas esas personas, y se propone modificar directamente la Constitución Española?

 

Sean ustedes valientes Señorías cuenten realmente lo que quieren y propongan la modificación de la Constitución Española. Imagino que será, porque en el punto tres, se habla de referéndum y en este país, la clase política le tiene un miedo atroz a la palabra referéndum y a eso de poner una urna en la que se echa una papeleta, no sea que el ciudadano español exprese su sentido común y les eche abajo “el chiringuito” a todos, sin excepción, los Grupos Parlamentarios que actualmente forman nuestras Cámaras de representación, a “ciertos sindicatos” y a “ciertos letrados”. No, no, eso no puede ser, los designios del país deben ser decididos por nosotros y nosotras para el pueblo, pero sin el pueblo. 

 

Pero hete aquí que hay otro problema que obstaculiza que se lleven a cabo el “atropello y denigración” de nuestra Constitución Española a través de todo ese caos de propuestas y reformas absurdas, electoralistas y sindicalistas, y es que somos europeos desde el año 1986. ¡Vaya por Dios! España, para ser miembro de la Unión Europea, se comprometió, como Estado Miembro de la Unión, a respetar y promover los valores del artículo 2 del Tratado de la Unión Europea,

 

La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres

 

Este Real Decreto Ley de medidas sobre temporalidad, las propuestas o enmiendas presentadas por Esquerra Republicana y Unidas Podemos a ese Real Decreto Ley, las propuestas de Más País, que he leído tras las reuniones mantenidas con las diferentes plataformas o asociaciones de interinos, las enmiendas presentadas por esas mismas plataformas o asociaciones de interinos, las presiones ejercidas por “ciertos letrados” “ciertos catedráticos de derechos constitucional” en sus diversas vías, los informes emitidos por “ciertos” bufetes de abogados, la Proposición de ley presentada en el Senado por Adelante Andalucía, Més per Mallorca, Más Madrid, Compromís, Geroa Bai y Agrupación Socialista Gomera de cara a impulsar un concurso de méritos al que pueda presentarse cualquier trabajador o interinos cesados  etc…no son respetuosas ni con nuestra propia Constitución Española, ni con el Tratado de la Unión Europea, ni con las recientes Sentencias y Autos del TJUE, ni con la Declaración Universal de Derechos Humanos.

 

Es tal el disparate jurídico que proponen que de llevarse a cabo habrá una auténtica avalancha de recursos que va a entorpecer y colapsar más aún los ya colapsados y maltrechos Juzgados y Tribunales de nuestro país y estoy seguro de que harán que se incumpla la hoja de ruta y calendario comprometido por nuestro país con Europa, además de embarrar aún más todo este desagradable y triste asunto, pareciera como si se buscase judicializar todo esto en un avalancha de recursos y meterlos en el pozo en el que sus Señorías han convertido nuestra Justicia como ya hicieron con los miserables “Juzgados trampa” para el tema de las cláusulas abusivas en contra de las recomendaciones de Europa. Y todo esto señores y señoras por intereses partidistas para dar solución a un problema que han creado esos mismos Grupos Parlamentarios con la connivencia y participación de “ciertos” sindicatos desde hace décadas. 

 

Me viene a la mente una frase reivindicativa del 15M que se hizo famosa en aquellas fechas, “no hay pan para tanto chorizo” y parece ser que va a ser verdad. 

 

Espero que ustedes no me malinterpreten, lo repetiré otra vez más para que nadie pueda tergiversar mis palabras, todas esas personas que han sido abusadas y que puedan demostrar y obtener ese reconocimiento de ese abuso o fraude de Ley mediante un procedimiento judicial independiente a través de una Sentencia firme, deben ser resarcidas en su daño. Es una vergüenza, que a día de hoy no se haya traspuesto aún en nuestro país la Directiva 1999/70/CE del Consejo. ¿Por qué no se ha hecho? 

 

Lo que se ha hecho con estas personas durante tantos años es una auténtica barbaridad y deben ser reparadas en el daño y abuso que han sufrido. Ahora bien, esa solución debe ser acorde y respetuosa con nuestra Constitución Española, con las normas de desarrollo, con nuestro ordenamiento jurídico y el europeo y por supuesto esa solución no puede ser a costa de la pérdida de derechos de la amplia comunidad de opositores que se presentan a las ofertas de empleo público de las diferentes Administraciones que no son funcionarios interinos y de la amplia comunidad de funcionarios de carrera que accedieron a la función pública a través de una oferta de empleo público respetando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

 

Ni en la reciente sentencia del TJUE del caso Sánchez-Ruiz, ni en la reciente del 3 de junio de 2021, se expresa que la solución sea la fijeza en la plaza, es decir, que un funcionario interino pase a convertirse en funcionario de carrera sin aprobar una oferta pública de empleo, por mucho que lo repitan “ciertos letrados”, Diputados, Senadores, medios de comunicación, sindicatos, periodistas, etc…Ni tampoco puede pasar esa solución por la creación de “nuevas figuras jurídicas” como la de “indefinido a extinguir” que se asemeja a la figura de un funcionario de carrera, figura que curiosamente coincide con lo expuesto en un informe encargado por una serie de personas a la Ex Magistrada del Tribunal Constitucional, la señora, María Emilia Casas, informe que redactó para el Despacho de Abogados Multidisciplinar Ejaso ETL al que fue incorporada una vez terminó su etapa como Magistrada del Tribunal Constitucional. Toda esta malinterpretación de la Jurisprudencia europea, es adrede y obedece a eludir las responsabilidades de aquellos y aquellas que han creado este caos y han abusado de todas esas personas.

 

Algún día no muy lejano sería conveniente hablar de las “puertas giratorias” en la Administración de justicia que se dan, ya no cuando se acaba su etapa laboral, sino durante el periodo de la vida laboral de un jurista, ya sea a través de una excedencia, como he visto y comprobado que ocurre con Jueces, Fiscales, Abogados del Estado, etc…o de cualquier otra forma, debe ser que la vocación es exclusiva de algunas personas. Esto que expongo en este párrafo, lo han repetido hasta la saciedad la Asociación Adoaj y la plataforma o grupo “Defensa Turno Libre” desde su creación. Hay un artículo magistral en el que se analiza de forma precisa todo este desaguisado, el artículo es del Señor Luis Escribano del periódico «El Libre». Les recomiendo a ustedes su lectura porque es una maravilla y de su lectura se extraen conclusiones que ratifican los deplorables comportamientos actuales y pasados de ciertas personas.

 

Termino para no extenderme más, pero créanme que esto da para escribir un libro. Yo pensaba o así al menos reza en el artículo 66 de la Constitución Española que las Cortes Generales representan al pueblo español. Cuesta mucho creer esto, cuando ves tuits como este, Asociación ADOAJ. La Asociación Adoaj, que es una Asociación creada para la defensa de los derechos de los opositores a la Administración de Justicia, ha dirigido nada más y nada menos que 349 email a los correos oficiales de los Diputados que son portavoces de la Comisión de Justicia y de la Comisión de Función Pública y Territorial del Congreso y portavoces de la Comisión de Justicia y de la Comisión de Función Pública y Territorial del Senado, sólo ha contestado 1 persona. He leído artículos referentes a las continuas reuniones de las diferentes Asociaciones y Plataformas de interinos con Diputados y Senadores de todos los Grupos Parlamentarios que forman actualmente nuestras Cortes Generales.

 

Lo repito de nuevo 349 email y sólo ha contestado 1 persona. ¿Saben sus Señorías el trabajo tan duro que hay detrás de cada email que la Asociación Adoaj les manda? ¿Qué entienden sus Señorías cuando leen el artículo 66 de la Constitución? ¿Esta exclusión y aislamiento de parte de los ciudadanos de mi país a que se debe? ¿Señorías, ustedes ven normal su comportamiento? Con anterioridad a esos 349 email, la Asociación Adoaj, ha sido atendida por el señor Francisco Aranda Vargas, el Señor Clemente Sánchez-Garnica y la Señora Llanos de Luna Tobarra, después de mandar esos 349 email, sólo ha contestado una persona. Recientemente, la Ministra de Justicia, María Pilar Llop Cuenca, expresaba en su comparecencia a petición propia en la Comisión de Justicia del Congreso lo siguiente, “…Gracias a un Gobierno progresista centrado en los problemas de la ciudadanía vamos a salir sin dejar a nadie atrás…

 

Con todos los respetos, Ministra, están ustedes dejando atrás a miles de opositores de todas las Administraciones que no son funcionarios interinos y a sus familias y a miles de funcionarios de carrera y a sus familias. Ministra, le deseo de corazón que sus funciones al frente del Ministerio de Justicia pueda desarrollarlas de forma satisfactoria porque su acierto en su gestión será en beneficio de nuestra vida personal y diaria, por favor no nos deje atrás.

Espero que el título de mi artículo no se cumpla y que el sentido común y respeto a nuestra Constitución Española y a los Derechos Fundamentales y Libertades Públicas impere.