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Absuelto el alcalde de Cádiz denunciado por el anterior gobierno del PP

También absuelven a su Jefe de Gabinete y a un concejal acusados de injurias y calumnias.

El Juzgado de lo Penal número 5 de Cádiz ha absuelto al alcalde de Cádiz, a su jefe de Gabinete y a un ex concejal de un delito continuado de calumnias y de injurias del que fueron acusados por el anterior equipo de Gobierno. La sentencia considera que las expresiones vertidas los días 7 y 9 de marzo de 2016, referidas a la contaminación del agua en un barrio de Cádiz no son subsumibles en el tipo penal de calumnias. En aquellas fechas, el alcalde dijo que “no hay explicación que justifique dejar a sabiendas a un barrio consumir agua contaminada durante varios días», según ha informado hoy el TSJA a través de su Gabinete de Comunicación.

En este sentido, la resolución señala que las “imputaciones que realizaron los acusados no pueden incardinarse en el delito de calumnias por su vaguedad e imprecisión”.

 

En cuanto al delito continuado de injurias, la juez indica que nuestra legislación no reconoce el derecho al insulto, “pero las expresiones manifestadas por los querellados, se desarrollan en un contexto político, contexto en el que el ejercicio de las libertades de expresión e información están en conexión con asuntos que son de interés general por las materias a que se refieren y por las personas que en ellos intervienen”. Para la juez, “no consta acreditado que existiera por parte de los querellados intención de difamar”, ya que lo que se deduce de las circunstancias en las que se produjeron es “verter una crítica política”.
Así, la sentencia señala que “ponderadas las circunstancias en las que se desarrollaron los hechos, se llega a la convicción de que la libertad de expresión como derecho constitucional reconocido en el artículo 20 de la Constitución debe primar sobre el derecho al honor”.

 

Documento: texto con la sentencia dictada