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El susanismo mete el Código Ético ‘en un frigorífico’ en Arcos

“Cualquier cargo público u orgánico del PSOE al que se le abra juicio oral por un procedimiento penal dimitirá de su cargo en el mismo momento en el que se le dé traslado del auto de apertura del mismo y solicitará la baja voluntaria. En caso contrario, será suspendido cautelarmente de militancia y, en su caso, expulsado del partido”.

Así figura contemplado en el capítulo quinto, punto dos, del Código Ético del PSOE cómo actuar en el supuesto de que una imputación judicial siente a un cargo socialista en el banquillo de los acusados.

Hace unos días se ha conocido una sentencia judicial en Jerez en la que se condena al número tres del PSOE gaditano, Joaquín Macías Reyes, político oriundo de Arcos de la Frontera, donde fue concejal de Urbanismo y donde según la Justicia maltrató durante seis años al arquitecto municipal, causándole graves “lesiones psíquicas”.  La condena en primera instancia es de un año de prisión (que no cumpliría) y al pago de 67.000 Euros de indemnización a su víctima, costas judiciales aparte. El Sr Macías Reyes, tras la sentencia que anuncia recurrir ante la Audiencia, se ha visto obligado a dejar el partido y los cargos que ha mantenido hasta después de su condena como flamante Secretario de Política Municipal y lo ha hecho deprisa y corriendo, por indicaciones expresas de la dirección regional. No obstante, ha quedado colocado y con sueldo público como persona de confianza, de asesor del grupo socialista en la Diputación de Cádiz, situación que ya ha levantado la protesta del PP en la corporación provincial a cuya presidenta piden el despido del asesor condenado por acoso.

Todo esto viene a poner en evidencia que en el PSOE-A no aplican con rigor su propio Código Ético de 2014 que, según fuentes de la dirección federal socialista, sigue plenamente vigente en la actualidad.

 

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Joaquin Macías Reyes en la Diputación de Cádiz

 

 

En el polo opuesto habría que poner a Pepe Griñán o Manolo Chaves, invitados a irse por Susana – “Pepe, Susana nos ha matado”- sin estar formalmente imputados, o el caso del ex consejero de Cultura, Luciano Alonso.

 

Y es que en el PSOE andaluz llueve sobre mojado al detectarse una interpretación muy laxa e interesada de la normativa ética y estética del partido, especialmente cuando el afectado goza de los parabienes de la dirección regional socialista y convenga mantenerlo. En el polo opuesto habría que poner a Pepe Griñán o Manolo Chaves, invitados a irse por Susana – “Pepe, Susana nos ha matado”sin estar formalmente imputados, o el caso del ex consejero de Cultura, Luciano Alonso, que dimitió al resultar imputado, fue juzgado y absuelto sin visos de que la autoridad competente socialista reponga su honor perdido, aunque solo sea simbólicamente. Pero el pecado político de Alonso no fue que le colaran a gente del partido que no pisaban el despacho del flamenco, su pecado lo cometió tras el estallido del escándalo de la Formación, no actuando al gusto de la presidenta. 

 

El caso Mena, ex Secretario de Ideas y Programas del PSOE-A

 

El caso del ex Secretario de Ideas y Programas de la Ejecutiva Regional del PSOE-A, Rogelio Mena Segura, ex alcalde de Albox en Almería y actual dirigente nacional en una de las federaciones de la UGT, fue otro de los escándalos donde los socialistas andaluces con Susana al frente se saltaron a la torera los códigos éticos en vigor.

A Rogelio Mena, a quien Susana solo «apartó temporalmente» de la ejecutiva regional, el PSOE le permitió encabezar nuevamente la lista municipal de su pueblo, pese a estar convocado a la vista oral y al banquillo donde finalmente le condenaron inhabilitándolo para cargo público. Con la perspectiva del tiempo transcurrido, aquel incumplimiento de los códigos éticos socialistas, le ha supuesto al PSOE la pérdida de la alcaldía de Albox, hoy en manos de un independiente de derechas, Francisco Torrecillas, presidente fundador que tuvo la Alianza Popular de Manuel Fraga en la localidad, apoyado “a la fuerza” por los concejales socialistas que integran su gobierno, todo con el fin de evitar que gobierne la lista el PP.

 

El Sr. Perea no está siendo investigado por su actividad pública que se sepa a día de hoy, más bien por la privada al verse envuelto en el escándalo protagonizado por el llamado “Dioni de Almensilla”.

 

También saltaba a los medios la noticia de la investigación judicial seguida en un juzgado de Sevilla sobre uno de los colaboradores claves del control susanista de las redes sociales. Se trata de Ismael Perea, secretario de organización en la agrupación de Mairena del Aljarafe quien, tras pasar por el gabinete de Díaz, fue nombrado director general del Consorcio Fernando de los Ríos, adscrito a la Consejería de Empleo, y que administra Guadalinfo, una red digital de 800 centros que asiste a 692 municipios andaluces.

El Sr Perea no está siendo investigado por su actividad pública que se sepa a día de hoy, más bien por la privada al verse envuelto en el escándalo protagonizado por el llamado “Dioni de Almensilla”.  Sonaron nuevamente voces tras su imputación pidiéndole al gobierno de la Junta que le apartara del cargo, algo que no ha sucedido. No era la primera vez que era contestada la figura de Ismael Perea; cuando le nombraron para el cargo el PP también  denunció dicho nombramiento de confianza del gobierno.

 La próxima asignatura de Susana Díaz en relación con estos asuntos que tanto le incomodan afecta a Alcalá de Guadaira, donde la agrupación socialista ha quedado dividida prácticamente por la mitad hace un par de semanas en su congreso local. La Sala II del Tribunal Supremo ha abierto causa penal al diputado del PSOE en el Congreso y exalcalde de Alcalá de Guadaira Antonio Gutiérrez Limones para investigar posibles “delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación” en relación a las cuentas de la empresa pública ACM S.A., vinculada al citado Ayuntamiento sevillano.  En pura teoría Gutiérrez Limones deberá dejar el acta y su militancia en el partido.

 Estos ejemplos – seguro que hay más- vienen a confirmar esa sensación que proyecta el PSOE andaluz como partido gobernante y que también practica el PP de que no les interesa demasiado que se hable de una de las primeras preocupaciones de los españoles y que es la corrupción política, especialmente cuando les afecta en sus filas. Dilatan como un chicle los plazos para tomar medidas disciplinarias, contempladas en sus propios códigos internos, hasta que la Justicia les obliga a trompicones como ha sucedido esta vez en Cádiz.

 

“Una conducta de verdadera hostilidad, vejación y persecución sistemática” con hostigamiento y saña empleada ¡durante seis años! contra la persona del arquitecto municipal de Arcos, José Luis Alejandre.

 

Un acoso ejercido durante seis años

 

La sentencia del caso del ex delegado de Urbanismo socialista del ayuntamiento de Arcos de la Frontera en Cádiz, (cuyo texto recomiendo leer y que por su interés reproducimos íntegramente más abajo), pone sobre el tapete no solo la peor cara de la política, también la crueldad que es capaz de desplegar un ser humano cuando confunde el ejercicio legítimo del gobierno otorgado por las urnas, con el peor de los estilos de un dictadorzuelo de tres al cuarto.

La condena de un año de cárcel, y el pago de más de 67.000 euros en indemnizaciones a la víctima de su acoso, como se ha indicado no es por un error administrativo puntual del concejal de urbanismo de Arcos. No, ni mucho menos. Es por “una conducta de verdadera hostilidad, vejación y persecución sistemática” con hostigamiento y saña empleada ¡durante seis años! contra la persona del arquitecto municipal de Arcos, José Luis Alejandre, el mismo al que durante dos años tuvo metido “en el frigorífico”, una especie de zulo, sin ventanas a la calle, luz artificial, sin ordenador, ni teléfono, ni impresora, ni móvil corporativo y de brazos cruzados. “Hicieron con él lo que no se hace ni con un perro” dijo en la vista oral el encargado de obras del ayuntamiento, uno de los varios testigos al que la jueza hace caso en su versión y da la razón en su sentencia.

No es de extrañar, por otra parte, que todo esto sucediese en un ayuntamiento convulso en el que su alcaldesa quedó inhabilitada junto a otros concejales, también socialistas, por delitos urbanísticos, sentencia que fue recurrida en su momento. El Sr Macías Reyes, por cierto, se salvó de la imputación y condena en este caso porque no acudió a la reunión ese día como los demás y, por tanto, no firmó las licencias objeto del delito perseguido.

 

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Macías Reyes ya ha anunciado que recurrirá la sentencia que le condena a un año de prisión y 67.000 euros por delitos contra la integridad moral en la persona del Arquitecto municipal de Arcos.

 

 

«Peleas de pueblo»

 

“Peleas de pueblo por cuatro papeles” simplificó Susana Díaz en Antena 3TV cuando estalló el escandalo de Albox en Almería, donde sigue el juez a día de hoy desentrañando a donde han ido a parar millones de euros públicos mediante contratos municipales presuntamente falsificados y manipulados. Todo ello gracias a documentos oficiales que demostrarían una grave corrupción municipal y que el alcalde Mena se negó a entregar a la oposición, siendo este el motivo principal por el que fue condenado e inhabilitado para cargo público.

 

Es interesante leer esta sentencia ya que, la misma, ofrece un retrato político y sociológico hiperrealista de cómo muchos usan las instituciones como si fuesen capataces del medievo látigo en mano.

 

Lo de Arcos, excepto para quien se lea detenidamente en la sentencia los hechos probados, también podría ser definido como entonces, una pelea de pueblo. Por esa razón es interesante leer esta sentencia ya que, la misma, ofrece un retrato político y sociológico hiperrealista de cómo muchos usan las instituciones como si fuesen capataces del medievo látigo en mano. Y lo que es peor, deja en evidencia el nulo o escaso control que sus respectivos partidos ejercen del trabajo de sus cuadros en pueblos y ciudades. Resulta difícil pensar que de haberse sabido por instancias superiores lo que ocurría en el ayuntamiento de Arcos lo hubiesen permitido durante más de un lustro.

¿Nadie en el PSOE de Cádiz, tan influyente siempre en las estructuras regionales del poder socialista, se le ocurrió echar un vistazo a lo que pasaba en el zulo del arquitecto Alejandre en Arcos?

No se trata ya solo de vigilar que fulano o mengano se lo esté llevando bajo cuerda, que esa es otra historia sin hablamos del sector urbanístico como es el caso, se trata de la sistemática violación de los derechos fundamentales de una persona, un trabajador, durante seis años de su vida hasta conducirle a una severa enfermedad psíquica y psicológica.

Algo que, a la vista de los testimonios prestados ante la jueza, era de dominio público en todo el pueblo y así se reconoce por parte de un representante sindical que cuenta ser testigo de la humillación padecida por el funcionario durante años.

Y estas cosas suceden en el PSOE de gaditano, del que el señor Joaquín Macías Reyes ha ocupado hasta antier mismo, pese a estar procesado y condenado, la secretaría de Política Municipal, el tercer peldaño en el partido en la provincia tras la secretaria general y el de Organización. En una plaza donde el vicepresidente de la Junta, Manuel Jiménez Barrios, es todo un referente para el socialismo que no está con Pedro Sánchez y que tras el congreso provinvial controla la dirección gaditana. Es difícil que algo suceda en Cádiz sin que Chiqui lo tenga bajo su control. Por no hablar de otro ilustre gaditano como  Juan Cornejo, jefe de maquinas de San Vicente. Obviamente el Sr Macías ha sido una de las piezas fundamentales del susanismo en la provincia, particularmente activo en la consecución de avales para Díaz en las primarias de mayo frente a Pedro Sánchez y Patxi López. Cuentan que en esa época eran muy comentadas en el partido el tono, muchas veces duro, exigente o amenazador que Macías empleaba para “convencer” a muchos militantes para que firmase los avales para la candidata Susana.

 

 

 

 

Pasajes de una sentencia por «acoso»

Oído en la vista oral:

“Hicieron con él lo que no se hace ni con un perro”

 

 

JOSE MACIAS REYES ostentó el cargo de DELEGADO DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO de Arcos de la Frontera, siendo Jefe del querellante JOSE LUIS ALEJANDRE HERNES, habiendo desempeñado esta función desde Septiembre de 2.004 hasta Junio de 2.011, mientras que el querellante llevaba desempeñando el cargo de arquitecto técnico municipal y jefe de los Servicios Técnicos Municipales desde 1.988 hasta la actualidad en el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera”.- 

 

Por su parte el acusado JOAQUIN MACIAS REYES manifiesta que ostenta  el cargo de teniente alcalde Delegado de Urbanismo  desde 2.004, que el Sr. Alejandre era subordinado suyo, Jefe de los Servicios Técnicos Municipales del área de Urbanismo, infraestructura y planeamiento, al que podía dar órdenes.- Que es cierto que en 2.008 se le cambia de despacho  porque se trasladaron las tres delegaciones a otro edificio.- Que al Sr. Alejandre le dejaron el despacho  más grande, con ventanas, en el que funcionaba el ordenador y “debía” tener teléfono, si bien había muchas deudas, cortes de luz y teléfono”.-

 

No estaba encima de los temas que tiene que coordinar y le estaba llegando que sus funciones no las estaba realizando con la celeridad necesaria”.- A preguntas del Ministerio Fiscal y de la Acusación Particular  dirigidas  a  que explicara porque  no se le había abierto un expediente sancionador, (al funcionario y arquitecto)   indica que él no estaba  para abrir expedientes disciplinarios y que si lo hubiera abierto no se imagina hasta donde hubiera llegado este procedimiento”.- 

 

Expuestas las dos versiones sobre los hechos acaecidos por el querellante y el acusado, el resto de pruebas practicadas, a criterio de esta Juzgadora, ha corroborado uno a uno los hechos que son objeto de la querella presentada y, en concreto el testimonio del querellante”.- 

 

Que cuando se trasladaron al nuevo de edificio   al Sr. Alejandre le asignaron un despacho umbrío, era una habitación interna, con poca luz y cree recordar que tenía ordenador y teléfono pero que no funcionaban”.- 

 

Por su parte, el Encargado de Obras en la Delegación de Urbanismo  manifiesta que con el acusado no tiene relación y que sus funciones  las recibía directamente de su Jefe de Servicio José Manuel Jurado.- Que JOSE LUIS ALEJANDRE era el Jefe de todos y era quien cursaba  las ordenes a su Jefe José Manuel Jurado y éste a él.- Que el despacho de JOSE LUIS ALEJANDRE en la nueva sede  era lo peor que había allí, no tenía ordenador ni teléfono, a veces lo encontró incluso llorando.- Que JOSE LUIS lo que quería era trabajar , y se encontraba por la situación muy mal, deprimido y aburrido, jamás se escaqueo de su trabajo , no es cierto que tuviese escaso interés y  falta de responsabilidad en su trabajo, siempre estuvo interesado en su trabajo y concluyo con una frase reveladora, afirmando que “Hicieron con él lo que no se hace ni con un perro”.- 

 

Que JOSE LUIS lo llamó (al testigo) como enlace sindical.- Su despacho estaba vacío  , el ordenador y el teléfono no funcionaban, la luz del despacho era artificial  y el despacho sombrío.- Que en una ocasión lo cito fuera del departamento y le preguntó si  se podía ausentar  de su puesto de trabajo porque no tenía carga de trabajo  y él le dijo que no, manifestando que él le comentó la situación a la alcaldesa”.

 

El  delegado que sustituyó a JOAQUIN MACIAS,  manifiesta que JOSE LUIS ALEJANDRE en el período en el que estuvo el anterior Delegado, se llevó  8 años de Jefe de Servicios Técnicos del Excmo. Ayuntamiento  si bien no desempeñaba ninguna de las actuaciones propias de su cargo.- Literalmente indica que se le mete en el frigorífico a él y a los trabajadores de siempre y se contratan  nuevos trabajadores a los que se encargan  de todas las funciones que correspondían al jefe de Servicios Técnicos, a quien se  coloca fuera de la toma de decisiones.- Que en el despacho que le fue asignado  el ordenador, el teléfono y la impresora no funcionaba, era un despacho que siempre había sido utilizado  como almacén, de hecho en la reorganización  se le dio el mismo destino”.

 

Que a JOSE LUIS lo conoce desde hace 20 o 25 años , y es un profesional como la copa de un pino , que tuvo con él  la relación propia de concejal/técnico y se fiaba plenamente de él, siendo difícil de entender la  situación provocada  de dejar para leer el periódico trabajadores competentes, porque creían  que había afinidad con el PP.- Que era justo y obvio reponer a JOSE LUIS del sitio donde no tenía que haber sido quitado , teniendo constancia que el acusado tenía una inquina especial contra JOSE LUIS”.

 

Visto el contenido de las declaraciones de los testigos que han sido expuesto, a criterio de esta Juzgadora ha quedado corroborado el testimonio del Sr. Alejandre y, por el contrario, se ha puesto en evidencia la falta de credibilidad de la declaración del acusado”. –

 

En relación a ello lo primero que hay que indicar es que el acusado trata de restar credibilidad a los testigos que declaran en el acto del juicio manifestando su enemistad con la mayoría de ellos, salvo el Sr. Jurado. – Es evidente que el Sr. Macías tenía pleno conocimiento de las declaraciones de los testigos en fase de instrucción y que por tanto dichos testimonios no le eran favorables, por ello, en su declaración trata de dar una razón que justifique esa supuesta enemistad”.

 

Una vez que el Sr. Alejandre regresa al trabajo  después de una  baja laboral  que  duró 9 meses, se le recluye en el peor despacho del edificio al que se traslada  la Delegación de Urbanismo junto con otras dos delegaciones, que, según la descripción de los testigos  tiene un ventana interior,  sin luz natural, sin ordenador, sin teléfono  y sin impresora y sin ningún medio ni personal ni material para el ejercicio de su actividad, tal como repiten uno y tras otros los testigos que pudieron ver como se encontraba marginado en dicho despacho  durante 2 años en los que no ejerció función alguna”.- 

 

A mayor abundamiento se ha de reseñar la poca consistencia, fundamento, y profesionalidad del Sr. Macias cuando  a preguntas de las Acusaciones viene a indicar que no se inició ningún expediente sancionador al Sr. Alejandre, aunque se estuvo pensando, porque no se consideraba oportuno  por la Sra. Alcaldesa (A la que siempre acude para justificarse) y porque él “no estaba para abrir expediente  sancionador a nadie”.- Y,  se pregunta esta Juzgadora  que hay que hacer para que  por el Sr. Delegado de Urbanismo se decida abrir un expediente sancionador,  pues según él  manifiesta  por escrito y  en el acto del juicio, estamos  ante un funcionario que no tiene interés en su trabajo, que falta a su responsabilidad, del que “le va llegando a sus oídos “ que no cumple con su trabajo,  que existía respecto a él falta de confianza,  y al que  se le exige, por escrito, que  “cumpla su obligación  de permanecer en su puesto  y cumplir su jornada laboral, debiendo de informar previamente de las salidas y visitas a las obras que tiene la obligación de supervisar”.- Evidentemente a quien correspondía abrir dicho expediente sancionador  era al Sr. Delegado de Urbanismo, aunque considere que no está para eso, y no es una opción sino una obligación, pues no es admisible que se pague con los impuestos de los contribuyentes el salario, de alguien que no trabaja, que se escaquea en su horario laboral, que no tiene interés en su trabajo y  que actúa con falta de responsabilidad, todo según  declaración del acusado, y máxime cuando era él quien únicamente lo percibía así, ya que todos y cada uno de los testigos que declaran en el acto del juicio lo que han puesto de manifiesto es  precisamente lo contrario”.

 

Es revelador que “aquellos” que supuestamente hicieron llegar a “oidos” del Sr. Delegado de Urbanismo que el Sr. Alejandre no atendía adecuadamente su trabajo han brillado por su ausencia en el acto del juicio”.- 

 

También ha quedado en evidencia la credibilidad de la declaración  del Sr. Macías cuando indica que  en  las nuevas instalaciones a la que se trasladan en 2.008,  al Sr. Alejandre le dejaron el despacho  más grande, con ventanas, en el que funcionaba el ordenador y “debía” tener teléfono.- En primer lugar han puesto de manifiesto los testigos que declaran en el acto del juicio que  “el supuesto despacho más grande” estaba destinado para archivo, que era el destino que ya  había tenido cuando  se encontraba instalado allí el Juzgado, y consta también  como se  acuerda  acceder a la petición del Sr. Alejandre  para la instalación de línea telefónica y ordenador  para su despacho  en Noviembre de 2.011 por el nuevo delegado de Urbanismo, así como la concesión de un teléfono móvil (Folio 39), lo que pone de manifiesto que no disponía de elementos tan imprescindibles, lo que corroboran además  los testigos que declaran en el acto del juicio”.- 

 

El querellante estuvo cobrando productividad hasta Agosto de 2.007, y se le dejó de abonar hasta Junio de 2.017, siendo el Delegado de Urbanismo durante tal período y desde 2.004 el Sr. Macías.- No se le ofrece explicación alguna al Sr. Alejandre pese que  a lo solicita por escrito”

 

Las conclusiones del informe médico-forense indican que JOSE LUIS ALEJANDRE HERNES padeció el tiempo invertido para la curación ha sido de 870 días de los que 270 días se consideran impeditivos para su trabajo y vida habitual, no habiendo necesitado hospitalización y curando sin secuelas”. –

 

Lo expuesto ha de llevar al dictado de una sentencia condenatoria en los términos formulados por las acusaciones  pues han quedado acreditados todos los elementos del delito contra la integridad moral que serán expuestos, expuesto  y en concurso con el delito de lesiones psíquicas por el conjunto de actuaciones sistemáticas, recurrentes y concatenadas que finalmente han producido en la víctima unas lesiones psíquicas necesitadas de tratamiento médico con un propósito conductor de hostigamiento para destruir su reputación y perturbarlo y privarlo del ejercicio de sus funciones y causar finalmente un daño psicológico”.- 

 

 

El acoso laboral precisa de una efectiva y seria presión psicológica, bien sea ésta de un superior o de un compañero – acoso vertical y horizontal- que sea sentida y percibida por el trabajador acosado al que causa un daño psíquico real que le hace perder la posibilidad de una normal convivencia en su propio ámbito profesional”.-

 

 

Así pues, la intencionalidad y la sistemática reiteración de la presión son requisitos necesarios para poder hablar de acoso moral en el trabajo. Pero no toda actitud de tensión en el desarrollo de la actividad laboral puede merecer el calificativo de acoso moral, por lo que hemos de distinguir lo que es una conducta de verdadera hostilidad, vejación y persecución sistemática de lo que puede ser la exigencia rigurosa de determinado comportamiento laboral.».-

 

 

De dichos delitos es responsable en concepto de autor el acusado por su participación directa, material y voluntaria en los hechos, a tenor de lo dispuesto en el art. 28 del Código Penal , acreditada por la prueba practicada en el acto del juicio, en los términos que ha quedado analizada en el fundamento jurídico segundo de esta resolución”.-

 

 

Que debo condenar y condeno a JOAQUIN MACIAS REYES, sin la concurrencia de  circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, como responsable en concepto de autor de un delito contra la integridad moral, anteriormente definido,  procede imponer  la pena de UN AÑO DE PRISION,   así como inhabilitación de empleo o cargo público en el ámbito de la administración local, por el PLAZO DE DOS AÑOS y como autor de un delito de lesiones del art. 147,2,  la pena de TRES MESES DE MULTA A RAZÓN DE UNA CUOTA DIARIA DE 12.- EUROS (1.080.- Euros) ,  con  responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de dicha multa .- 

 

 

En cuanto a la responsabilidad civil se condena al acusado JOAQUIN MACIAS REYES a indemnizar a JOSE LUIS ALEJANDRE HERNES por las lesiones causadas, incluido el factor de corrección, en la suma de 36.175.- Euros, más 30.000.- Euros por los daños morales causados, devengado dichas sumas los intereses regulados en el art. 576 de la LEC.-  Se condena a JOAQUIN MACIAS REYES  al pago de las costas causadas, incluidas las de la acusación particular” .- 

 

 

Texto íntegro de la Sentencia recurrida por Joaquín Macías ante la Audiencia de Cádiz

 

 

«Lo expuesto ha de llevar al dictado de una sentencia condenatoria en los términos formulados por las acusaciones  pues han quedado acreditados todos los elementos del delito contra la integridad moral»