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El complejo y fundamental papel del Rey

Este es, en síntesis, y en mi modesta opinión, el complejo y fundamental papel que le corresponde ahora jugar a SM El Rey.  

 

Descartada por el congreso de los diputados la investidura de Feijóo como presidente del Gobierno:   

  1. El Rey no está obligado a proponer otro candidato a la investidura. Don Felipe, proponiendo un candidato (Feijóo), ya ha cumplido con su función constitucional de “poner el reloj en marcha”.   
  1. El Rey puede tramitar sucesivas propuestas de investidura “previa consulta con los grupos políticos con representación parlamentaria” (artículo 99 de la Constitución). Por ello, si hubiera grupos políticos que no acudieran a la consulta Real,  Sánchez, en su caso, obtendría en dicha consulta menos apoyos que los de Feijóo. Por tanto, el Rey podría perfecta y lógicamente no proponerle para la investidura. Pasado el plazo reglamentario, se disolverían las cámaras y se convocarían nuevas elecciones. 
  1. El Rey no puede revolverse contra sus propios actos. Él “es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia…” (artículo 56 de la Constitución). El 3 de octubre de 2017, el monarca “en palabras dirigidas a todo el pueblo español para subrayar una vez más el firme compromiso de la Corona con la Constitución”(sic), asimismo afirmaba: “determinadas autoridades de Cataluña, de una manera reiterada, consciente y deliberada, han venido incumpliendo la Constitución y su estatuto de Autonomía, que es la ley que reconoce, protege y ampara sus instituciones históricas y su autogobierno. Con sus decisiones han vulnerado de manera sistemática las normas aprobadas legal y legítimamente, demostrando una deslealtad inadmisible hacia los poderes del Estado. Un Estado al que, precisamente, esas autoridades representan en Cataluña. Han quebrantado los principios democráticos de todo Estado de Derecho y han socavado la armonía y la convivencia en la propia sociedad catalana” (sic).  Consecuentemente, Felipe VI no podría desdecirse, sancionando y promulgando (en virtud del artículo 62 de la Constitución) una  ley de Amnistía, o fórmula análoga o equivalente, que negara los hechos denunciados por Él mismo ante la Nación, en su grande, brillante y oportuno discurso del 3-O.  

Este es, en síntesis, y en mi modesta opinión, el complejo y fundamental papel que le corresponde ahora jugar a SM El Rey.