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Violencia de género y decretazo

El PP desde la oposición cree que el decreto ley desarrollando el pacto de Estado contra la violencia de género es inconstitucional.

Que distinto se ve la vida desde la cumbre del poder y desde la llanura de ser oposición.  El PP, que convirtió el decreto-ley en su marca de Gobierno, hoy ve super mal que Sánchez lo utilice. El PP desde la oposición cree que el decreto ley desarrollando el pacto de Estado contra la violencia de género es inconstitucional. Lo irónico es que, quizás, sea verdad. Sólo lo sabremos si cincuenta diputados o senadores -y el PP tiene de todo eso- interponen un recurso. Así, andando el tiempo (y nunca mejor dicho porque echémosle cinco años mínimo para la sentencia) sabremos si lo era o no.

 

Pero, por partes. El PP sabe mucho de decretos-leyes y de su anulación por el Constitucional. Sólo en 2012 el Gobierno Rajoy aprobó 28. En estos años habremos tocado a más de una norma extraordinaria por semana.

 

Me detengo en 2013, porque la reciente salida del Gobierno Rajoy coincidió con ¡oh, sorpresa! una sentencia del Constitucional que declaraba la inconstitucionalidad de una parte del decreto de envejecimiento activo aprobado en marzo de aquel año. Exigía el requisito de rentas familiares para acceder al subsidio por desempleo para mayores de 55 años. No porque no fuera acertado -lo acertado legislativamente es lo que el legislador diga- sino porque no había manera de justificar “la urgente y extraordinaria necesidad”, requisito de los decretos-leyes y, al tiempo, lo que provoca finalmente la nulidad de muchos de ellos.

Así, pues, el PP en la oposición conoce como nadie el tema. ¿Planteará un recurso? Me arriesgaré: creo que no. Le bastará con una comparecencia de la ministra donde denunciar el “ocultismo” y “la falta de dialogo” del uso del decreto-ley. Y tienen razón. Han gobernado así, lo que no impide que tengan razón. Los decretos-leyes hurtan el debate parlamentario y la posibilidad de recibir aportaciones de los restantes grupos, que, aunque estén en la oposición y por tanto no se merezcan nada, quizás tengan algo que decir para ser inmediatamente rechazado por la mayoría, en la mejor tradición del parlamentarismo español. ¿Por qué saben del ocultismo de los decretos leyes? Porque lo han manejado como nadie: publicándolos en la canícula de agosto o en el momento atracón navideño; o la juerguecita con los nombres, como ese envejecimiento activo que comentaba y no iba sobre cursos de tai chi para jubilados, precisamente.

 

¿Ganaría algo el PP planteando un recurso contra el “decretazo” de la violencia de género? Pues no. Primero, para cuando se resuelva, muchos de sus diputados, con la probable excepción del eterno Rafael Hernando, ya no lo serán. Segundo, aunque se declare inconstitucional la trascendencia práctica es ninguna.

Así que mejor un poco de ruido, pero no excesivo. El justo para atraer y no espantar. Ya se sabe lo delicado que es el tema. A la menor te acusan de heteropatriarca y te dan el día.

El Gobierno, además, podría aguarles el debate haciendo lo sensato. Una vez convalidado el decreto, tramitarlo como proyecto de ley urgente. Así se podrá debatir, que es lo propio de los sistemas parlamentarios. ¿Lo hará? Voy otra vez a los vaticinios, olvidando el consejo de Churchill: evito siempre predecir de antemano porque es mucho más fácil hacerlo a posteriori. Creo que no, por exactamente las mismas razones que he dicho antes sobre porqué el PP no planteará un recurso.

Sin embargo, el debate sería conveniente, para evitar que cale la un tanto exagerada campaña de que se pretende criminalizar al varón por el hecho de serlo -y quitar la patria potestad al padre-.  El decreto-ley viene decir que la situación de violencia de género podrá acreditarse mediante informe de los servicios sociales, los servicios especializados de cualquier Administración “siempre que esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos o recursos”. Traducido a lo breve: que para acceder a ayudas concedidas a las víctimas se puede acreditar la situación mediante informe de los servicios especializados de las Administraciones Públicas. El grito en el cielo es: ¡quieren quitar que sólo se acredite mediante sentencia!

 

Pero el caso es que no hay ninguna novedad en ese texto. Vamos, que sobraba incluso. Ya se está haciendo y, en mi opinión, debería exigirse. Vamos, que incluiría en el debate que no baste con la sentencia o la orden de alejamiento.

 

El ejemplo lo tenemos en la más conocida de esas ayudas: la renta activa de inserción. Es una prestación por desempleo que tiene como una de sus modalidades la de victimas de violencia de género y doméstica. Aquí va una anécdota: con una sentencia condenado a él por violencia de género y a ella por violencia de domestica -se pegaron- ambos cobraron tres años de renta activa. Una media de 17.000 mujeres la perciben. Y, por cierto, 700 tienen menos de 19 años, que ya es desgracia empezar tu vida de adulto así. Si 17.000 mujeres la reciben y un requisito importante es no superar un límite de ingresos, hagámonos una idea de la amplitud del problema.

Por no hablar de los intentos de fraude, que exigen el acuerdo de ambos, y que tratándose de cobrar del paro hace cierta la frase “lo que haga por dinero, no lo ha hecho usted primero”, la situación de víctima en estos casos se puede acreditar mediante certificación de los servicios competentes de las Administraciones Públicas. Pero no tras el decreto-ley no crean. De toda la vida, también durante el Gobierno del PP que, como quien dice, finalizó ayer. Ahora, como pasa en todos los ámbitos, al cambiar de líder, son mentalmente nuevos y no se acuerdan.

Esta renta se recibe porque la situación de victima afecta a las posibilidades de encontrar empleo. ¿Qué es mejor, por tanto, para ella? ¿Una sentencia, cobrar un máximo de tres años y luego verse como al principio pero sin ingresos? O ¿Qué los servicios de atención a la víctima la acompañen psicológica, jurídica y laboralmente -cursos, acciones de inserción- para que pueda superar esa situación?

 

¿No es acaso, por tanto, mejor que la situación para acceder a este derecho se acredite por los Servicios especializados de las Administraciones? En mi opinión, solo la sentencia no debería ser suficiente.

 

Como resumen, mucho ruido que seguirá unos días, para nada. Y ello, no obstante, confiando en que el Gobierno, por fin y a ver si es el primero, abandone la tentación de gobernar por decreto-ley. Resiente la calidad de la democracia y, después, cuando se baja al valle de la oposición y criticas la inconstitucionalidad, el oscurantismo y la falta de dialogo, solo consigas del ciudadano un torcer, exceptico, la mirada.